domingo, 6 de mayo de 2012

Canal Afinsa: Escrito de Manuel Pardos, presidente de Adicae, dirigido al ministro de Justicia, D. Alberto Ruiz Gallardón - 6.5.12

Tal y como avanzábamos en el día de ayer, presentamos en rigurosa exclusiva, para Canal Afinsa, el escrito/instancia dirigido por Manuel Pardos, en calidad de presidente de Adicae, al ministro de Justicia D. Alberto Ruiz Gallardón.

Del referido documento se ha escrito mucho en los medios de comunicación durante los dos últimos días, pero no se había publicado su contenido íntegro, hasta este momento.

Tras su lectura, una no tiene por menos que sonrojarse -e indignarse- ante la osadía, cuando no aparente mala fe, del remitente. O este Pardos es un ignorante en materia de Derecho, o está movido por vaya usted a saber qué intereses, que le llevan a plasmar en un documento dirigido ¡nada menos que al mismísimo ministro de Justicia!, acusaciones contra terceros que podrían ser constitutivas de ilícito penal, del siguiente tenor: (el subrayado es de CA).

" De esta forma, el deficiente funcionamiento de la justicia, con unos procedimientos no pensados para conflictos en los que existen más de 460.000 perjudicados, constituye un perjuicio añadido y determinante para el conjunto de consumidores víctimas del fraude". (Punto Cuarto)

"Las sentencias dictadas en febrero por la Audiencia Nacional respecto a algunas demandas concretas, que fueron planteadas erróneamente bajo la influencia de los empresarios imputados y que se han difundido como definitivas y universales, han puesto de manifiesto las flagrantes contradicciones legislativas y judiciales que pueden provocar un conflicto de la mayor importancia en nuestro ordenamiento jurídico" (Punto Sexto"

Por otra parte, el referido escrito contiene falsas afirmaciones, no coincidentes en absoluto con la realidad, y sobre las que el mismo remitente del escrito se contradice en su propia exposición de los Hechos recogida en otros puntos del documento.

Así, Manuel Pardos Vicente, llega a afirmar que:

"Estas sentencias, que no invalidan la reivindicación y reclamaciones de los afectados de la responsabilidad del Estado, generan no obstante un grave problema jurídico ya que los juzgados de lo penal y de lo mercantil, además de otras instituciones del Estado y hasta la mayoría de los Grupos Parlamentarios del Congreso y del Senado en sus intervenciones durante estos cuatro años, se han pronunciado ya en firme sobre la calificación de financiera a la actividad de Forum, Afinsa y Arte y Naturaleza, consideraciones que no fueron incomprensiblemente seguidas por las sentencias dictadas y que pueden afectar a los principios de seguridad jurídica y tutela judicial efectiva para los casi medio millón de consumidores afectados".

Como comentarios al margen de lo que el propio lector deducirá tras la lectura de tan bilioso documento, y desde el respeto que debe merecernos el sagrado principio de presunción de inocencia,  ampliamente recogido en nuestra Carta Magna y al que todos los ciudadanos tenemos derecho, no podemos comprender cómo este sujeto, Manuel Pardos Vicente, puede dirigir  al señor ministro de Justicia un  escrito tan sesgado, torticero y repleto de falsas afirmaciones en el que, además, se permite erigirse en juez y parte al utilizar expresiones tales como "víctimas de fraude", al referirse a los clientes expoliados, cuando todavía no existen hechos juzgados, probados ni condenados, y en el que, de manera insultante y claramente difamatoria,  se llega a afirmar lo siguiente:  "(...) Las sentencias dictadas en febrero por la Audiencia Nacional respecto a algunas demandas concretas, que fueron planteadas erróneamente bajo la influencia de los empresarios imputados.

Con semejantes afirmaciones y virulentas acusaciones vertidas sobre terceros, con respecto a las que no puede aportar evidencia alguna, ¿pretende acaso Manuel Pardos condicionar, dirigir y orientar al ministro en la lectura del documento mediante la formulación de los numerosos juicios de valor "apriorísticos" y falaces que aparecen reflejados en el mismo?.

Insistimos: ¿qué clase de incompetente en materia de Derecho es este sujeto que remite un escrito a la más alta instancia jurídica de nuestro país en el que, sin pudor ni rubor alguno, es capaz de afirmar que "los juzgados de lo penal y de lo mercantil, además de otras instituciones del Estado y hasta la mayoría de los Grupos Parlamentarios del Congreso y del Senado en sus intervenciones durante estos cuatro años, se han pronunciado ya en firme sobre la calificación de financiera a la actividad de Forum, Afinsa y Arte y Naturaleza?, cuando en el mismo escrito, punto Cuarto,  presenta una queja formal sobre el lento funcionamiento de la justicia por el hecho de que seis años después de haber tenido lugar la intervención, todavía continúen abiertos los procedimientos judiciales? (...) "En efecto, una Justicia en la que hay unos procedimientos penales que ni han finalizado su fase de instrucción, después de seis años y unos procedimientos concursales que, aunque teóricamente regidos por el principio de rapidez y eficacia que expresa la actual ley Concursal, aún se encuentran en fases incomprensiblemente atrasadas".

¿Cómo podría calificarse el hecho de que este mendaz reivindique y exija justicia para los perjudicados por la intervención de Fórum y Afinsa, "metiendo en el mismo saco" del escrito a los clientes de la empresa Arte y Naturaleza, cuando a nadie que haya seguido estos casos de cerca le resulta ajeno que las dos primeras empresas  (Afinsa y Fórum Filatélico), fueron ilícitamente intervenidas por orden directa del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, hecho este que provocó la suspensión cautelar -y consecuente paralización- de su actividad mercantil-, lo que, a su vez, derivó en el imposible cumplimiento de los compromisos suscritos con sus clientes, en tanto que la tercera empresa a la que Pardos alude, Arte y Naturaleza, entró en concurso voluntario de acreedores? ¿A qué confundir a los clientes de esta última llevándoles a creer que  pueden presentar una demanda contra el Estado por Responsabilidad Patrimonial, en la misma línea que lo harían los clientes de Afinsa y Fórum Filatélico, cuando lo que ha sucedido en su caso (consideraciones  "efecto dominó" aparte), es que la empresa AyN entró en concurso voluntario, pero no por haber sido intervenida "manu militari",  y por lo tanto nada tienen que ver las churras con las merinas?

Mención aparte merece el descuidado copy-pega desde otros documentos que deja traslucir la errónea cita a los años transcurridos desde la intervención que aparece en el escrito. Así, en el punto Sexto, más arriba citado, expone que "(...)estas sentencias, que no invalidan la reivindicación y reclamaciones de los afectados de la responsabilidad del Estado, generan no obstante un grave problema jurídico ya que los juzgados de lo penal y de lo mercantil, además de otras instituciones del Estado y hasta la mayoría de los Grupos parlamentarios del Congreso y del Senado en sus intervenciones durante estos cuatro años (...)"

Y qué decir de la más que aparente indolencia y descuido en la redacción de tan importante documento, cuyo destinatario final es el propio ministro de Justicia, en el que se pueden leer frases como la siguiente:  "(...) solicita que se conceda entrevista para exponer en persona la situación en la que se encuentra cada uno de los casos y las posibles propuestas de solución que desde esta asociación se defienden desde el inicio del caso  (¿En qué quedamos, en que son tres casos o un solo caso?).

Como última llamada de atención, recordar al remitente que, si dirige un escrito al ministro de Justicia, por muy indecente que el contenido del mismo sea, guarde al menos las formas adecuadas al dirigirse a su Excelencia y no utilice  "formulismos descuidados" -e inapropiados-  que dejan mucho que desear en cuanto al grado de concentración, ponderación y esmero en la redacción de tan importante instancia, que debería presuponérsele al autor de la misma. Resulta estrepitosamente chirriante el disonante "plural", aplicado al dirigirse al ministro,  que aparece en el mismísimo inicio del escrito, y en la siguiente frase:   D. MANUEL PARDOS VICENTE, mayor de edad, provisto de DNI 17091529, con domicilio a efectos de notificaciones sito en Zaragoza, calle Gavín, 12, local, actuando en nombre y representación de la Asociación de Usuarios de bancos, Cajas de Ahorros y Seguros (ADICAE), a virtud del cargo de Presidente de la misma, comparezco ante ustedes.