martes, 21 de febrero de 2017

ADICAE y sus paridas. Los preferentistas unidos en Adicae pierden y podían haber recuperado su dinero gratis.

Con abogados defensores así....¿quién necesita enemigos?


No habría agujero en el mundo lo suficientemente grande como para enterrar las actuaciones de esta deleznable Asociación "dizque" defensora de consumidores.

 Ufff...



EN EL ARBITRAJE de bankia QUE PROMOVIÓ guindos


Los preferentistas unidos en Adicae pierden y podían haber recuperado su dinero gratis

La Justicia ha dado un varapalo a Adicae al rechazar su macrodemanda de 3.000 preferentistas de Bankia... que podían haber recuperado su dinero gratis hace años

 

 

 

El negocio de las reclamaciones judiciales a la banca, que criticaba la consejera delegada de Bankinter, no siempre sale bien para el cliente. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tumbado una macrodemanda de 3.000 afectados por preferentes de Caja Madrid agrupados por Adicae, que no recuperarán su dinero y deberán afrontar los gastos de los abogados. La mayoría de estos afectados podrían haber recuperado su dinero sin coste hace años en el arbitraje gratuito que promovió el Gobierno.

La principal razón por la que el juez desestima la demanda colectiva de Adicae por la venta de preferentes de Caja Madrid es que esta asociación presentó una acción colectiva en lugar de una individual de nulidad por error en el consentimiento (a pesar de que el juzgado se había declarado incompetente para resolver una demanda colectiva), con lo que la entidad no tendrá que devolver lo invertido.

Lo más grave del asunto es que muchos de los pequeños ahorradores agrupados por Adicae podían haber recuperado su dinero sin ningún coste en 2013, puesto que habrían cumplido los requisitos para el arbitraje que promovió el Gobierno entonces para devolver la inversión a los clientes de la entidad a los que nunca debieron venderles preferentes o deuda subordinada. Sin embargo, muchos despachos de abogados y asociaciones de consumidores les disuadieron de acudir a este proceso con el argumento de que "el banco que te ha engañado no te va a devolver el dinero". Este arbitraje, que finalizó en 2016, devolvió el dinero a 137.365 afectados.



El titular del juzgado Mercantil número 5 de Madrid recuerda que, mediante una acción individual, se puede averiguar si un inversor compró preferentes a sabiendas de lo que adquiría o, por el contrario, "erróneamente" creyó que invertía en depósito a plazo. En cambio, en una acción colectiva, como la presentada por Adicae, esto no es posible, ya que ha de estarse a las características de estos títulos establecidas por la ley, como la condición de perpetuas de las preferentes. Por ello, la única posibilidad que la sentencia ofrece a los inversores para que recuperen su dinero es reclamar de forma individual, con lo que incurrirán en nuevos gastos de abogado y procurador.

Nulidad de unas cláusulas que ya no existen

El magistrado desestima en parte la demanda presentada por la asociación de consumidores Adicae y 3.057 pequeños inversores, aunque declara nulas, por abusivas, algunas de las cláusulas de los contratos (aunque no los contratos enteros), por lo que simplemente ordena a Bankia —heredera de la entidad— eliminarlas de los contratos y cesar en su utilización. Una 'boutade', puesto que la ley prohíbe en la actualidad vender este tipo de valores a los minoristas.

 En la sentencia de 108 páginas, el magistrado Teodoro Ladrón certifica la nulidad de estas condiciones, al considerar que la entidad, ahora integrada en Bankia, no comunicó con anterioridad al juicio y de forma expresa a sus clientes que no van a utilizar del "clausulado problemático". En este sentido, opina el juez que "no ha desaparecido el riesgo de utilización de las condiciones generales de la contratación ni de la publicidad ahora impugnadas, puesto que pueden volver a ser utilizadas en futuras emisiones".

Además, expresa las características de las participaciones preferentes como un producto de "carácter perpetuo y riesgo de calidad" que afecta tanto a la recuperación de la inversión inicial como a la seguridad de su rentabilidad. En 2013, Adicae presentó una demanda colectiva que solicitaba la nulidad por abusivas de las condiciones generales que regían la contratación de este producto híbrido.

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