Algunos compañeros me han hecho llegar el siguiente mensaje, con el ruego de que lo publique en abierto, para conocimiento general. Dice lo siguiente:
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martes, 5 de abril de 2016
miércoles, 24 de julio de 2013
Caso Afinsa:¡Extraordinariamente importante! Ponemos sobre aviso a todos los clientes, estén o no representados por este bufete de abogados, de las maniobras del despacho jurídico Gil Robles y Gil Robles.
Querid@s amig@s: Tal y como nos hacen llegar nuestros compañeros de las Plataformas Blancas de Afectados de Cádiz, Jerez y Huelva, en un comunicado dirigido a sus asociados, ponemos en vuestro conocimiento las maniobras jurídicas que se están llevando a cabo por el despacho de abogados Gil Robles y Gil Robles para impedir la recuperación de la filatelia.
Si pensábamos que ya lo habíamos visto -y sufrido- todo, por culpa de este atajo de rábulas, no sabíamos lo equivocados que estábamos.
Si pensábamos que ya lo habíamos visto -y sufrido- todo, por culpa de este atajo de rábulas, no sabíamos lo equivocados que estábamos.
domingo, 7 de julio de 2013
Caso Afinsa: Economía Digital se ocupa de Gil Robles
¡¡Vaya elemento que incorporamos al "elenco" de "elementos letrados" que dicen habernos "representado" a lo largo de estos interminables siete años!!
martes, 19 de febrero de 2013
Caso Afinsa: Vamos a ponernos "al día".19.2.13
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| Temas Pendientes |
Nos llegan mensajes y correos electrónicos interesándose por la situación de algunos de los "frentes" que continúan "abiertos" a día de hoy.
Intentaré ser concisa para aclarar tanto cuanto pueda algunas de vuestras dudas, sin que un texto farragoso y complicado obstaculice la comprensión del mensaje. Estas cuestiones son las que encontramos a "corto plazo". Vendrán más.
Veamos.
1.- Demanda por Responsabilidad Patrimonial Contra el Estado, interpuesta por Manos Limpias:
¿Situación?: En Proceso.
Se admiten nuevas adhesiones puesto que, tal y como podréis comprobar en su página web, el plazo se ha ampliado a 31 de mayo de 2013. Ya sabéis que todo empieza por daros de alta aquí: (ENLACE)
2.-Comunicado de Gil Robles con respecto a la exigencia de que, aquellos asociados que se adhieran a esta demanda interpuesta por Manos Limpias, deben "darse de baja" en su respectiva Asociación y abonar al despacho G.R. los pertinentes honorarios.
¿Situación?: Tal y como la propia letrada Virginia López Negrete declara en el vídeo insertado en Canal Afinsa, que reproducimos al final de este escrito, en otro post que también amplía y detalla información sobre esta acción que, en términos jurídicos, se califica como "Ex-Novo", o lo que es lo mismo: una acción por Responsabilidad que va en una dirección muy concreta que ningún despacho de abogados ha emprendido hasta la fecha, los poderes otorgados a Manos Limpias no colisionan, en manera alguna, con los poderes otorgados en su día a Gil Robles puesto que tampoco colisionan con lo que el ha "llevado a cabo" hasta la fecha..
Si en un rasgo de "abierta ingenuidad", y sin obligación alguna de tener que hacerlo, algún expoliado quiere comunicarle al despacho Gil Robles que está adherido a la Demanda de Manos Limpias, esa será su decisión. A partir de ese momento, él será quién tenga que "batirse el cobre" con Gil Robles. Pero no porque exista conflicto de intereses jurídicos, sino porque, según parece, Gil Robles estaría dispuesto a poner mecanismos de facturación por honorarios a sus clientes "como sea", en base a un criterio de actuación puramente utilitarista, que no meramente jurista.
Según nos aseguran desde Manos Limpias, una y otra vez, a acción "Ex-Novo" interpuesta por dicho gabinete jurídico no colisiona, en modo alguno, con las emprendidas anteriormente por Gil Robles. Tampoco con las que G.R. pudiera emprender en el futuro, ya que siempre serían diferentes a las actuaciones que está llevando a cabo Manos Limpias, ya en marcha. (El único modo en que serían coincidentes es mediante la adhesión de G.R. a las mismas, cosa harto improbable. Pero, aún si ese fuera el caso, las personas que ya están representadas por Manos Limpias e incluidas, por lo tanto, en las listas presentadas en su Demanda por R.P.E., quedarían fuera de la acción que interpusiera Gil Robles. Nada de duplicados).
3.- Querella interpuesta por Manos Limpias contra los Administradores Concursales.
¿Situación?: Abiertas Diligencias Previas. Pendiente de resolver el asunto de la fianza de 45.000 euros solicitada por la juez, para que se produzca el paso siguiente.
4.- Querella interpuesta por Manos Limpias contra el magistrado Vaquer Martín:
¿Situación?:Tal y como ya comunicamos en su día, ha sido archivada. Nos llegan noticias de que no se descartan nuevas querellas que serían interpuestas por otros despachos de abogados.
5.- Devolución de nuestra filatelia.
¿Situación?: Estamos a la espera de que los administradores concursales y el juez Vaquer "muevan ficha".
Tal y como ordena la sentencia de la Audiencia Provincial, la filatelia debe ser entregada a todos los clientes, siempre que se den las condiciones de identificación, exigidas en la referida sentencia.
Esperemos actuaciones, amigos. Veamos qué procedimiento siguen para realizar esa entrega y, a partir de ese momento, os informaremos.
Por último, para aquellos que solicitáis mi correo, podéis dirigiros a:
mila.hernan@gmail.com
Segura estoy que vais a disculpar por no publicar mi teléfono particular, tal y como algunos lo solicitáis. Gracias.
Segura estoy que vais a disculpar por no publicar mi teléfono particular, tal y como algunos lo solicitáis. Gracias.
Buen día para todos, compañer@s.
Nuestra lucha está más viva que nunca.
M.
viernes, 1 de febrero de 2013
Caso Afinsa: Comunicado Gil Robles - Centrando Temas - 1.2.13
Comienzan a producirse las primeras reacciones a las "aclaraciones" de la Audiencia Provincial, sobre la sentencia Afinsa.
Las primeras de las que tenemos constancia vienen ¡como no! del "Bufete Gil Robles", mediante comunicado que ha quedado insertado en Afinsa Foro General, y cuyo documento original reproducimos a continuación.
Tras su lectura, querid@s amig@s, nuestros comentarios:
Comunicado 31 enero 2013 from faralami
1.- Aquellos que estén interesados en reclamar su filatelia deben saber que, tal y como hicieron constar los administradores concursales en uno de sus informes remitidos al juez, todos los lotes filatélicos están perfectamente clasificados y son, por lo tanto, perfectamente identificables y en perfectas condiciones de separación, de manera que no hay por qué preocuparse.
Con el fin de poner un poco de orden en el "caos" que, en nuestra opinión, manifiesta el comunicado evacuado por este despacho, aquí van algunas matizaciones al respecto: (será interesante y muy, muy oportuno, conocer las vuestras mediante comentarios a esta entrada)
1.- Aquellos que estén interesados en reclamar su filatelia deben saber que, tal y como hicieron constar los administradores concursales en uno de sus informes remitidos al juez, todos los lotes filatélicos están perfectamente clasificados y son, por lo tanto, perfectamente identificables y en perfectas condiciones de separación, de manera que no hay por qué preocuparse.
Si el estado de conservación de la filatelia es óptimo (eso si que estará por ver, y ahí es donde habría que poner el acento, puesto que los sellos fueron trasladados a unas naves de Logista hace seis años y desconocemos cual es su estado de conservación), aquellos que deseen reclamarla y conservarla en su poder, no deberían tener problema alguno al respecto.
2.- Con relación al párrafo, insertado en su "Primero- Para los que quieran recuperar la filatelia", cuando dicen: "Esa devolución ha de solicitarse a la Administración Concursal y lo pueden hacer directamente a ellos, o a través de nuestro despacho de abogados", debemos precisar lo siguiente:
a) Nadie está en la obligación de reclamar nada a nadie. Según ha podido saber Canal Afinsa, el juez Vaquer aseguró en entrevista concedida a miembros de una asociación, que la Administración Concursal enviará una carta a cada cliente de Afinsa, incluyendo una serie de preguntas/items, que deberá ser cumplimentada y devuelta a los AACC.
Las respuestas de cada cliente dejarán meridianamente claro a los AACC quién tiene intención de conservar -o no- la filatelia.
Las respuestas de cada cliente dejarán meridianamente claro a los AACC quién tiene intención de conservar -o no- la filatelia.
b) El propio comunicado de Gil Robles así lo expresa en el primer punto de la segunda página: “Para hacer la solicitud la sentencia no establece plazo
alguno, pero es evidente que tendrá que ser antes de que se realice el primer
pago pues a los que pidan la devolución de los sellos ya no se les realiza ese
primer pago ni ningún otro. Por ello la Administración
concursal fijará un plazo en la carta que va a enviar a cada afectado", de manera que no entendemos a cuento de qué sugiere que la filatelia se solicite "a través de nuestro despacho de abogados", puesto que, tal y como ha manifestado el propio Juez del concurso, la carta se va a enviar directamente desde la A. Concursal a cada uno de los clientes, de manera individual y personalizada.
3.- En cuanto a este párrafo: "La solicitud y consiguiente devolución de los sellos supone el cobro de
la totalidad del crédito del solicitante por lo que nuestros honorarios según lo
convenido, serían el 2% del total del crédito, tanto si lo piden a través
nuestro como si no, con ello quedarán cubiertas las actuaciones realizadas", lo que están diciendo desde Gil Robles es que, a pesar de que ellos nunca han solicitado, por activa ni por pasiva, la devolución de la filatelia a sus clientes, aunque así constase expresamente en la hoja de encargo, y por lo tanto, dicha devolución absolutamente nada tiene que ver con las "actuaciones realizadas", una vez esté la filatelia en poder de aquellos clientes que deseen conservar lo que siempre fue de su propiedad y nunca les tuvo que ser expoliada, dichos clientes deberán pagar al excelso despacho de rábulas, el 2% del importe del total del crédito, según queda de manifiesto en su comunicado.
A ver si se enteran de una vez: Una cosa es la propiedad y otra la posesión. Me explico:
La posesión es un señorío físico o de hecho que se ejerce sobre una cosa, que se diferencia de la mera tenencia en que esta apropiación material del objeto poseído va acompañada de una real intención de que esa cosa le pertenezca a título de dominio. En la tenencia se tiene con conciencia y aceptación de que otra persona es la dueña de la cosa, por ejemplo en un contrato de arrendamiento. El poseedor puede ser legal, en cuyo caso es un poseedor propietario; o ilegal, como quien ha hurtado o robado la cosa. (i.e. nuestro caso).
A ver si se enteran de una vez: Una cosa es la propiedad y otra la posesión. Me explico:
La posesión es un señorío físico o de hecho que se ejerce sobre una cosa, que se diferencia de la mera tenencia en que esta apropiación material del objeto poseído va acompañada de una real intención de que esa cosa le pertenezca a título de dominio. En la tenencia se tiene con conciencia y aceptación de que otra persona es la dueña de la cosa, por ejemplo en un contrato de arrendamiento. El poseedor puede ser legal, en cuyo caso es un poseedor propietario; o ilegal, como quien ha hurtado o robado la cosa. (i.e. nuestro caso).
La propiedad al igual que la posesión reúnen en una misma persona la
materialidad del objeto y su intención de ser su dueño, pero sumado a ello, el
propietario posee un título legal que lo convierte en poseedor legítimo, y está
protegido, además de los interdictos y acciones posesorias, de trámite rápido y
sencillo, los primeros por proceso sumarísimo y las segundas, sumario, pero que
solo proceden contra el despojante o turbador y sus sucesores; por acciones
reales, como la reivindicatoria que procede aún cuando la cosa se halle en poder
de terceros.
Es decir: Son de nuestra propiedad; nos han desposeído de ellos, nos han robado por la cara, y ahora que nos devuelven lo que es lícitamente nuestro y de lo que nunca tuvieron que habernos desposeído (vulgo robado), como legítimos propietarios, ¿hay que pagarle a Gil Robles un 2% por recuperar una propiedad que nos pertenece, por sentencia judicial, y que estaba en posesión de los AACC? ¿Pero esta gente donde estudió Derecho? ¿En qué Universidad les dieron el título?
¡¡Y eso de que no se pueden emprender acciones legales por Responsabilidad Patrimonial del Estado, no se lo creen ni ellos!!
4.- Con respecto a lo que sigue a continuación: "La recuperación de la filatelia
supone efectivamente salir del concurso y darse por pagado, es decir, ya no se
puede reclamar nada ni a Afinsa ni a los Aministradores ni en via penal y civil
al perder el fundamento la acción penal por lo que tendrían que renunciar al
proceso de estafa", nos permitimos añadir lo siguiente:
a) "la acción penal" nunca ha tenido fundamento y la "renuncia al proceso de estafa" a la que aluden, era algo que estaba cantado. Debería de haberse producido desde el origen de la intervención.
b) Esa acusación de "estafa" sobre la que este y otros despachos de abogados han basado todas sus actuaciones, se ve completamente dinamitada por las diversas sentencias del Tribunal Supremo y la última de la Audiencia Provincial; tan solo ha sido el producto "goebbeliano", el "dogma petrificado", que ha ayudado al Gobierno de Zapatero y a todos sus cooperadores necesarios a sembrar dudas, cizaña y discordia entre los expoliados, evitando con ello que presentáramos batalla en un frente unido contra el saqueo de la compañía y nuestro expolio.
5.- Con respecto a su Punto segundo: Acción de Responsabilidad Patrimonial contra el Estado, llama poderosamente la atención la manera de "echar balones fuera" al asegurar que habrá que esperar a la absolución de los "acusados" para emprender acciones por un mal funcionamiento de las Administraciones de Justicia, cuando el escenario en el que nos movemos deja en evidencia, con meridiana claridad lo siguiente:
5.- Con respecto a su Punto segundo: Acción de Responsabilidad Patrimonial contra el Estado, llama poderosamente la atención la manera de "echar balones fuera" al asegurar que habrá que esperar a la absolución de los "acusados" para emprender acciones por un mal funcionamiento de las Administraciones de Justicia, cuando el escenario en el que nos movemos deja en evidencia, con meridiana claridad lo siguiente:
Más allá de cualquier consideración que guarde relación alguna con el ámbito de lo penal, en lo concerniente a nuestras inversiones y a la recuperación del total de las mismas, cuestiones estas que se dirimen en el ámbito de lo Civil, partiendo del hecho demostrado de que se ha cometido un error en la calificación de la actividad de la compañía, y habiendo quedado demostrado también mediante diferentes sentencias dictadas desde las más altas instancias judiciales que Afinsa era Mercantil, y su actividad legal y completamente lícita, los gravísimos perjuicios originados por dicho error a todos los clientes de Afinsa tienen como únicos responsables al Juez y a los Administradores Concursales.
Todos los perjuicios ocasionados por el expolio de lo que ahora nos restituyen, y nunca debieron expoliarnos, es decir: nuestra filatelia, y todo el daño producido a lo largo de estos siete años, tienen que ser reparados mediante la correspondiente indemnización, por vía de Responsabilidad Patrimonial contra el Estado.
Algunos, en ello estamos.
5.- Con respecto al punto "Tercero - Otras iniciativas"- en el que se insta a todos aquellos que hayan optado por la vía de demanda por R.P.E. a través de Manos Limpias a darse de baja de la Asociación y pagar los honorarios pactados con su despacho, el vídeo que insertamos a continuación, despejará cualquier duda al respecto. Dejemos que sea la letrada que nos representa, Virginia López-Negrete, quien aclare algunos conceptos que parecen resultarles completamente ajenos a este despacho de "abogados".
Ya para finalizar, con respecto a la querella interpuesta por Manos Limpias contra los AACC de Afinsa, dos acotaciones:
a) la querella, por vía penal, está interpuesta ante un Juzgado de Plaza de Castilla, de manera que absolutamente nada tiene que ver el juez de lo mercantil en este asunto.
b) la ignorancia sobre el contenido de la misma, de la que el comunicado Gil Robles hace gala, seguramente se debe a un ataque de amnesia sufrido, de manera repentina, mientras redactaba los últimos párrafos del informe evacuado ya que, de otro modo, no entendemos como se puede llevar acabo semejante afirmación.
P.D. Dicho todo lo anterior, además de pedir dinero a los asociados, una y otra vez, mediante los mas variopintos "argumentos" y "justificaciones", ¿qué más piensan hacer "Gil Robles Abogados" por sus representados?
Por cierto: en el "Caso Afinsa", (exactamente igual que en el "Caso Forum"), nadie está "acusado", sino "imputado", y si Gil Robles Abogados no sabe distinguir la brutal diferencia que existe entre ambos términos, ¿qué podemos esperar en cuanto a rigor jurídico en el resto del comunicado?
Segundo otrosí de "por cierto", digo:
si, efectivamente, tal y como dice Gil Robles, una vez reclamada la filatelia y devuelta a sus legítimos propietarios, el crédito correspondiente a cada uno sale del Concurso (es decir, no figura ni en el activo ni en el pasivo), ¿qué pasaría si todos los clientes reclamásemos que se nos devolviese la filatelia? ¿Donde estaría la quiebra y la "famosa" insolvencia patrimonial por la que han destruido Afinsa y nos han llevado a la ruina los Administradores Concursales y el Juez Vaquer?
¡¡Ni insolvencia, ni quiebra, ni estafa, ni nada de nada!! Tan solo una panda de golfos y sinvergüenzas que nos han intervenido y otra panda de cooperadores necesarios, rábulas incluidos, que han colaborado en el "trabajito".
¿Quién puede, a estas alturas, negar "la mayor"? ¡¡Pero si el mismo Gil Robles lo está diciendo clarito, clarito, en su comunicado!!
Pues nada: a seguir batallando compañeros. Todavía queda mucho partido que jugar, os lo garantizo.
Segundo otrosí de "por cierto", digo:
si, efectivamente, tal y como dice Gil Robles, una vez reclamada la filatelia y devuelta a sus legítimos propietarios, el crédito correspondiente a cada uno sale del Concurso (es decir, no figura ni en el activo ni en el pasivo), ¿qué pasaría si todos los clientes reclamásemos que se nos devolviese la filatelia? ¿Donde estaría la quiebra y la "famosa" insolvencia patrimonial por la que han destruido Afinsa y nos han llevado a la ruina los Administradores Concursales y el Juez Vaquer?
¡¡Ni insolvencia, ni quiebra, ni estafa, ni nada de nada!! Tan solo una panda de golfos y sinvergüenzas que nos han intervenido y otra panda de cooperadores necesarios, rábulas incluidos, que han colaborado en el "trabajito".
¿Quién puede, a estas alturas, negar "la mayor"? ¡¡Pero si el mismo Gil Robles lo está diciendo clarito, clarito, en su comunicado!!
Pues nada: a seguir batallando compañeros. Todavía queda mucho partido que jugar, os lo garantizo.
jueves, 1 de noviembre de 2012
Canal Afinsa: Comunicado Gil Robles Abogados - 1.11.12
Un despacho de abogados que tiene atrapadas en su línea de "defensa jurídica" a 59.000 personas, el mayor colectivo de perjudicados de los 190.022 que constituye el total de clientes expoliados por el saqueo socialista de Afinsa, ha evacuado la siguiente pieza que, con profundo asco, pero en aras a manteneros puntualmente informados, nos vemos en la obligación de tener que reproducir en abierto.
sábado, 14 de julio de 2012
Caso Afinsa: Nuevo varapalo judicial al bufete Gil-Robles - 14.7.12
Tal vez recordéis el comunicado emitido por el despacho de "Gil-Robles Abogados", con fecha 31 de enero de 2012, en el que informaban a sus clientes del recurso interpuesto por el referido despacho de abogados ante
Pues bien, según hemos tenido conocimiento,
la Sala de lo
Penal de la Audiencia Nacional
acuerda mantener dicha prohibición de venta, en tanto el auto de liquidación dictado por el juez de lo Mercantil, no sea efectivo.
Ante este nuevo varapalo judicial a las acciones emprendidas por los abogados que representan a la Federación Nacional de Plataformas Blancas, cada
vez somos más los perjudicados por el expolio que nos preguntamos: ¿Quo Vadis, Gil Robles?
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