sábado, 29 de septiembre de 2012

Caso Afinsa: Información adicional sobre el asunto de los Créditos ICO -


En una entrada publicada hace unos días, (enlace), dábamos traslado de la situación vivida por uno de los clientes que solicitó en su momento la concesión de un crédito ICO.

Pues bien: ese mismo cliente parece haber aclarado la situación con el Banco, y esto es lo que traslada en otras dos entradas insertadas en el mismo Foro en el que publicó la información anterior:

1.-

¡Que no cunda el pánico!


He estado hablando con el director del Banco para que me explique esos asentamientos tan absurdos, que ni entiendo ni están en consonancia con lo que me aconsejaron ellos mismos: "Deja  la cuenta corriente a cero y así, el día que venza el préstamo, el sistema informático no podrá cobrarse NADA del préstamo".

Resulta que tiene explicación y, además, es muy sencilla: Se trata que el software del Banco, como ya sabéis, se lleva todo el dinero que haya en la cuenta, por nimio que sea. Mi cuenta corriente permite un descubierto de 250€ automáticamente -de esta manera si, por descuido u otra razón, se quedase en negativo hasta esa cantidad, se abonarían los cargos correspondientes y así no serían devueltos-. El sistema, que no tiene ni un pelo de tonto, ha arramblado con todo "¡hasta ese límite negativo de -250€!" con lo cual se originan todos los demás apuntes de comisiones por descubierto, etc.

Me han dicho que, en breve, lo solucionarán y retrotraerán todo hasta dejar la cuenta a cero.



2.- 

De todas formas, me comunican que en Caja Duero - Caja España le están diciendo a sus clientes que no se preocupen porque entienden que al no haber recibido dinero alguno de la liquidación de Afinsa, no van a exigirles nada hasta que llegue ese momento.


En esta ceremonia de la confusión con la que Gobierno, ICO y entidades financieras nos están obsequiando, no parece descabellado recomendar que no se paguen los Créditos ICO, a pesar de la insistencia y de los requerimientos de los Bancos, puesto que está acreditado que no son los clientes, sino el propio ICO, quien se constituyó en realidad como acreedor.

Por último, que cada cual obre según su docto parecer y entender. Desde Canal Afinsa nos limitamos a dar información puntual para que se conozca, en la medida de lo posible, cual es la situación vivida por terceros que ya han sido requeridos para efectuar sus pagos.

Un abrazo y feliz fin de semana.

P.D. Comentario destacado al respecto, sugiriendo "líneas de actuación" si los Bancos se ponen plastas, el que nos llega de un compañero Anónimo:

"Esta operaciones se formalizaron con la intermediación de algunas entidades financieras, y es el ICO el único acreedor. Si alguien se siente presionado por el Banco -te cobraremos intereses de demora, aparecerás en la lista de morosos, etc.- que le diga al bancario de turno que va a ir con la póliza al defensor del cliente del Banco de España para denunciarlo.

Los ANTICIPOS se devuelven cuando se recibe la cantidad que motivó dicho anticipo.En nuestro caso no ha sido así, y el ICO TAMPOCO DEBE RECLAMARLO hasta cuando se nos pague esa cantidad. Cuando nosotros recibamos ese dinero, y no se devuelva el anticipo, entonces el ICO nos lo puede reclamar con intereses de demoras, etc., etc.,.


El plazo de cinco años se fijo como tiempo mas que suficiente para recibir el importe de ese anticipo, pero desgraciadamente no ha sido así, y está claro que no por nuestra culpa.


Por tanto, nadie que no quiera y por supuesto que no pueda debe devolver el anticipo".



4 comentarios:

  1. Esta operaciones se formalizaron con la intermediación de algunas entidades financieras, y es el ICO el único acreedor. Si alguien se siente presionado por el Banco -te cobraremos intereses de demora, aparecerás en la lista de morosos, etc.- que le diga al bancario de turno que va a ir con la póliza al defensor del cliente del Banco de España para denunciarlo.
    Los ANTICIPOS se devuelven cuando se recibe la cantidad que motivó dicho anticipo.En nuestro caso no ha sido así, y el ICO TAMPOCO DEBE RECLAMARLO hasta cuando se nos pague esa cantidad. Cuando nosotros recibamos ese dinero, y no se devuelva el anticipo, entonces el ICO nos lo puede reclamar con intereses de demoras, etc., etc.,.
    El plazo de cinco años se fijo como tiempo mas que suficiente para recibir el importe de ese anticipo, pero desgraciadamente no ha sido así, y está claro que no por nuestra culpa.
    Por tanto, nadie que no quiera y por supuesto que no pueda debe devolver el anticipo.

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  2. Pero por Dios, vamos a ver. ¿Ha tenido que ser un@ compañer@ cliente, además de forma anónima, quien haya arrojado la luz debida a este escabroso asunto, aportando su opinión, muy probablemente certera? ¿Eso mismo no lo ha podido hacer ninguno de los interlocutores políticos con los que se ha tratado este asunto? O tal vez es que no se atrevieron a hacerlo porque don Mariano o don Nadal no les dieron su beneplácito para decirlo porque ellos están en otras corridas para torear. Y mientras tanto, con decirnos que “están en ello”, cubrieron su papel divinamente.

    A ver si no es para clamar al cielo, que estando como están muchos cientos de familias españolas abrumados por el compromiso de la devolución de unas cantidades solicitadas y recibidas como ANTICIPO y de las que no disponen ya porque sus necesidades les obligaron a gastarlas, ni el ICO, o el diputado de turno, o el senador por no sé dónde, hayan sabido dar una sencilla explicación como la aportada por el comunicante Anónimo.

    Sólo la anodina respuesta de: ”Se está estudiando”. Como si hubiera algo que estudiar, vamos. Lo que tienen que ir estudiando es la manera de buscarse la vida fuera de la mamandurria, porque en las próximas, van a ir por oleadas a lo redondo de la calle.

    Y por último. Debo imaginar que entre la gran cantidad de créditos ICO solicitados y otorgados en toda España, unas cuantas decenas de esos beneficiarios, habrán sido a compañeros vinculados a alguien relacionados con la banca, o como simples trabajadores. ¿Ninguno de ellos supo ver lo que nuestr@ compañer@, ha visto…? No puedo creerme tanta pasividad.

    Gracias, compañer@.

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  3. EN MI CASO la caixa LLEVA UN MES RECLAMANDO LA DEVOLUCIÓN, me instan a pedir un prestamos personal con sus intereses y sino, demora al canto. ICO, ME DICE QUE ELLOS NO SABEN QUE FIRMÉ CON EL BANCO NI CUALES SON LAS CLAUSULAS, LES DIJE QUE ELLOS SON LOS QUE DEJARÓN EL DINERO Y NO LA CAIXA: RESPUESTA: ESO NO ES ASÍ, Y ME CUELGAN.

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  4. La caixa me pide la devolución de lo adelantado por ICO, a cuenta de un prestamo personal con sus intereses, ICO, me dice que según la clausula que firmé con el banco debo actuar, por lo que se lavan las manos diciendo que solo en consejo de ministros puede haber una moratoria.

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