No me estoy refiriendo a la famosa obra de José Zorrilla, sino al hecho de que muchos podrán beneficiarse de las pertinaces actuaciones de un juez de Cataluña, dispuesto a llegar hasta el último rincón, en la búsqueda de perjudicados que puedan personarse en una causa abierta en 2010.
Publicará en varios periódicos un edicto ofreciendo «a los demás perjudicados cuya identidad es desconocida» personarse en la causa.
Era tres de diciembre de 2010 cuando los controladores aéreos del aeropuerto de El Prat, en Barcelona, abandonaron sus puestos de trabajo en una huelga encubierta, provocando la cancelación de 700 vuelos.
Desde entonces, miles de reclamaciones han sido presentadas ante AENA por parte de los perjudicados. Sin embargo, el juez de Gavá (Barcelona) que investiga la causa considera que existen más perjudicados «cuya identidad es desconocida y de difícil determinación» y se ha propuesto localizarlos.
Para ello, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Gavá emitió ayer una providencia a la que tuvo acceso Efe que acuerda publicar en algunos de los periódicos de mayor difusión un edicto ofreciendo personarse en la causa a los perjudicados por el paro de los controladores que dispongan de un billete con origen o destino en el aeropuerto de El Prat y cuyo vuelo fuera cancelado o suspendido.
Los diarios en los que se publicará el edicto son El Periódico de Catalunya, La Vanguardia, El País, El Mundo, además de los gratuitos 20 Minutos, Qué! y ADN. A partir de la publicación, los afectados tendrán 20 días para personarse en el Juzgado y formular su reclamación.
No es la primera vez
No es la primera vez que un juez recurre a la prensa para llamar a los afectados por una causa.
Una sentencia del Tribunal Constitucional dictada en 1994 y relativa al derrumbamiento de la presa de Tous (Valencia) avaló el llamamiento a los perjudicados mediante edicto «como último medio de comunicación», siempre que se hayan agotado «las otras modalidades de más garantía» que se haya alcanzado la certeza de que los otros medios normales de citación son inútiles"
Recordando hechos del pasado más reciente, como perjudicados por el saqueo de Afinsa, nos encontramos con que otro juez, esta vez de un juzgado de lo mercantil de Madrid, a quien no considero acreedor de semejantes paralelismos literarios -los epítetos pronunciados en voz alta de los que sería objeto, retumbarían más que el juramento del Cristo De La Vega- se negó en redondo a dar publicidad alguna al legítimo derecho de los acreedores de Afinsa, a conocer la posibilidad que tenían de adherirse a una propuesta de convenio que hubiese evitado la liquidación.
Esta que sigue a continuación es la carta dirigida al juez, a la que este hizo caso omiso. Los clientes expoliados por la canalla intervención, continuamos sufriendo las consecuencias de tan estruendoso silencio. (¿Por qué no se echó mano de los voceros de Europa Press y Efe, tal y como se está haciendo últimamente?)
Firmado por el procurador de la concursada Afinsa, el referido escrito rezaba así:
AL JUZGADO DE LO MERCANTIL, Nº 6
D. MIGUEL TORRES ÁLVAREZ, Procurador, en nombre y representación de Afinsa Bienes Tangibles, S.A. (en lo sucesivo Afinsa), como tengo acreditado en el Concurso Necesario nº 208/2006, ante el Juzgado como mejor en Derecho proceda, digo:
Que por Auto de este Juzgado, de fecha 21 de abril de 2009 se notifica a esta parte la finalización de la fase común del procedimiento concursal de Afinsa Bienes Tangibles, S.A. y la apertura de la fase de convenio.
Es deseo del deudor que todos los clientes de Afinsa estén perfectamente informados de la situación en que se encuentran con relación al concurso de la empresa de la que son acreedores, y en ese sentido es preciso conocer si la Administración Concursal tiene previsto dirigirse a todos y cada uno de los clientes de la referida sociedad con el objeto de informarles de la fase en la que se encuentra el concurso y los derechos que le asisten de votar o no el convenio presentado y válidamente aceptado a trámite.
Asimismo, interesa a los derechos de la concursada saber si, en caso de que no está previta o no ser posible esa iniciativa, puedan libremente dirigirse a los clientes de Afinsa como la misma finalidad, haciendo para ello uso de los ficheros de la entidad.
Asimismo, interesa al derecho de la concursada se haga saber si es voluntad de la Administración Con cursal publicar, en debida forma, el Auto y los derechos que asisten a cada uno de los interesados.
Lo anteriormente expuesto se manifiesta puesto que se ha constatado que la inmensa mayoría de los clientes de Afinsa ignora por completo el importante trámite en curso y los derechos que les asisten en el mismo.
Con la información que se pretende facilitar a los clientes de Afinsa, y en definitiva acreedores de la misma, conforme a las sentencias dictadas, por este Juzgado se está ejercitando no sólo el derecho de información, sino también el de defensa y decisión que corresponde a todos y cada uno de ellos.
En su virtud,
AL JUZGADO SUPLICO
Que dando por presentado este escrito se digne admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y acuerde:
a). Requerir a la Administración Concursal para que se dirija a los clientes-acreedores de Afinsa para que sean informados de la fase en la que se encuentra el concurso y de los derechos que le asisten de votar o no el convenio presentado y válidamente aceptado a trámite.
b). Si no fuese lo anterior procedente, se autorice a los señores accionistas de la compañía para que, sin coste alguno para la sociedad, se hagan las comunicaciones pertinentes al respecto, con la misma finalidad, haciendo para ello uso de los ficheros de la entidad.
Es justicia que pido, en Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil nueve.
Jamás obtuvimos respuesta alguna por parte del juez.
Y es que, las arbitrariedades cometidas en el Concurso Afinsa, por parte de los administradores concursales y del propio juez -mención aparte merecen las llevadas a cabo por la inmensa mayoría de los despachos de abogados que representan a los perjudicados- , harán historia.
Un resumen de las mismas queda perfectamente reflejado en el siguiente comunicado, publicado en el Blog "Comisión Convenio Afinsa", creado a los únicos efectos de informar a los clientes, tanto como fuere posible, de los derechos que por ley les asistían, para evitar una ruinosa liquidación.

