domingo, 11 de septiembre de 2011

Caso Afinsa: Ese agujero negro llamado "Ley Concursal". 11.9.11


En un artículo de 25 de febrero de 2011, y según información de fuentes judiciales, El Economista se hacía eco de la siguiente noticia: “el juez Francisco Javier Vaquer Martín, el mismo que está encargado del concurso de acreedores de Afinsa, considera que, salvo que una firma externa entrara en la compañía, existen muy pocas posibilidades de que la familia Ruiz-Mateos logre sacar adelante por sí sola al conglomerado empresarial."

Pues bien: el pasado día 8 de septiembre, y para pasmo de muchos, esas “pocas posibilidades” para sacar adelante el conglomerado empresarial se han hecho realidad: la familia Ruiz Mateos ha vendido Nueva Rumasa a Back in Business, sociedad de Ángel de Cabo, empresario que el pasado año se hizo a través de Posibilitum con Viajes Marsans.

He aquí una muestra del funcionamiento de la Ley Concursal, sustituta de la antigua ley de quiebras y suspensión de pagos,  que fue concebida y puesta en marcha para evitar la liquidación de las compañías garantizando, hasta donde sea posible, la continuidad de la actividad empresarial, el mantenimiento de los puestos de trabajo y el cobro de las deudas por parte de los acreedores.

Nueva Rumasa no es un caso aislado en lo que se refiere   reflotar compañías que arrojan cifras  mareantes en cuanto a su pasivo: Martinsa Fadesa es otro claro exponente de que, “cuando no existen determinados condicionantes”, la Ley Concursal, funciona.

¿Y de qué “condicionantes” estaríamos hablando? Pues ni más ni menos de todas aquellas que se han dado en el Concurso de Acreedores de Afinsa Bienes Tangibles, S.A.

A saber, y por enumerar tan solo unas cuantas:

1.- La presencia de un administrador judicial, Javier Grávalos Olivella,  que sigue a pies juntillas las órdenes dadas por el Gobierno y por la Fiscalía, y se permite alterar el carácter contable de la actividad de la compañía al considerarla financiera, en lugar de mercantil, forzando con ello la aparición de un pasivo “fabricado” por un importe, nada menos, que de 1.8000 millones de euros.

2.- La presencia de un juez presuntamente prevaricador -Baltasar Garzón-, que da órdenes directas al referido administrador judicial Grávalos Olivella, para que anule una valoración de los supuestos activos de la compañía porque el resultado final de dicha valoración habría  impedido “de facto”  su entrada en concurso de acreedores. De no haber dado esa orden, habría desaparecido el supuesto desfase patrimonial.  El estado financiero de la concursada no solamente era de absoluta solvencia, sino que presentaba superavit. (Ampliar información).

3.- La presencia de administradores concursales cuya gestión al frente del patrimonio de la compañía habría consistido en una cadena de actuaciones presuntamente ilícitas, con el único y aparente fin de llevar a la empresa a la liquidación, sobre las que deberían responder ante la justicia en algún momento.

Para muestra, lo que ha llegado a ser el zénit de sus despropósitos: ignorar una sentencia del Tribunal Supremo que determina la naturaleza mercantil de la actividad de Afinsa, y continuar con el proceso de liquidación de la compañía.. (Ampliar información).

4.- La presencia de un juez de lo mercantil que se ha negado, sistemáticamente, a aceptar cualquier solución tendente al reflotamiento de la compañía, pese a que:

a) Los propios acreedores presentaron una propuesta de convenio que nunca alcanzaría el trámite final de votación al merecer la etérea y evanescente consideración, por parte de su señoría,  de “inverosímil”. 

b) La propia Afinsa llegó a presentar una propuesta de convenio de acreedores, previamente admitida a trámite por D. José Manuel de Bobadilla, el primer juez  que se hizo cargo del caso, y posteriormente  sería “destinado” a Valladolid.

En este segundo caso que nos ocupa, relativo a la propuesta de convenio presentada por la concursada, es de destacar que ni el juez ni los administradores concursales han cumplido con lo que se entendería es su obligación: notificar a los más de 190.000 clientes de Afinsa que existía la posibilidad de adherirse a dicho convenio, pese a los requerimientos formales realizados por Afinsa, ante el propio Juzgado de lo Mercantil, en ese sentido. 




Y todo lo anterior sin olvidar que:

* Se intervino Afinsa y se bloquearon todas sus cuentas, paralizando la actividad mediante auto de suspensión cautelar, que no de clausura y cierre de la compañía.  Por increíble que pueda parecer, esta "suspensión cautelar" dura ya más de cinco años.

* Un expeditivo ERE aniquiló en un abrir y cerrar de ojos toda la red comercial de la concursada,  poniendo en lo redondo de la calle a asesores y trabajadores, destruyendo con ello un importantísimo activo ante un eventual reflotamiento de la compañía.

* A diferencia de lo sucedido en el Concurso “Nueva Rumasa, y  en aras a buscar una solución para evitar la liquidación, (ampliar información), los canales de comunicación entre la administración concursal nombrada por el juez y los legítimos administradores de la compañía ha sido completamente inexistentes, por firme decisión de los primeros.

En resumen: las diferencias entre el Concurso de “Nueva Rumasa”, empresa que ha entrado por voluntad propia en concurso de acreedores y el Concurso urdido para linchar Afinsa van más allá de los 500 millones que separan el pasivo real de la primera (1.300 millones), del pasivo “fabricado” con el que se han cargado a la segunda (1.800 millones).

El holding de los Ruiz Mateos había que salvarlo “como sea” (nunca segundas partes fueron buenas), y qué mejor manera para ello que atenerse al  cumplimiento de una ley que, sin embargo, han conseguido retorcer “ad nauseam” hasta convertirla en un auténtico agujero negro, putrefacto, que ha terminado por engullir y fagocitar Afinsa, empresa que no era insolvente y cuyo único delito consiste en haber tenido la desgracia de cruzarse en el camino de la todopoderosa Banca  (teoría cada vez más extendida entre los perjudicados y algunos despachos de abogados), y de haber sido señalada por el dedazo intervencionista del nefasto gobierno socialista -"vade retro"- de José Luis Rodríguez Zapatero.

5 comentarios:

  1. Otra irregularidad manifiesta, fué la presencia de la Agencia Tributaria o Administración de Hacienda (instigadora y parte en la acusación e intervención) en el liderazgo y composición de la Administración Concursal que dirigió sus actuaciones en torno a las tesis preestablecidas por este organismo público. Cuando la administradora pública fué recusada, su labor negativa ya había causado un daño irreversible para la empresa.

    Asimismo, se da la contradicción manifiesta de que sigue en vigor, tan sólo, un auto de suspensión cautelar de la compañía y se ha procedido a implementar la fase de liquidación de la misma sin emitir otro auto de clausura y cierre de ésta.

    Igualmente, se observa la floja y oportunista argumentación en los "Puntos de Vista" publicados por la Comisión Ejecutiva Federal del Partido Socialista, al señalar que el Partido Popular aprobó una normativa que catalogaba a los Bienes Tangibles como productos no financieros y regulados por las autoridades de consumo, cuando posteriormente el Gobierno socialista entrante, no sólo no derogó o modificó (según su criterio) esa norma de los populares, sino que la ratificó y amplió en una nueva ley promulgada en el año 2007.

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  2. Una vez y mil más, Mila poniendo el dedo en la llaga y acertando en el mismo centro de la diana. Una ley Concursal, con la que el legislador se lució dejándola corta e incompleta. En su innecesaria precipitación, nunca contempló – por ejemplo - la posibilidad de que pudiera entrar en concurso una empresa con cientos de miles de acreedores, a los que tener informados de manera fehaciente sobre la marcha del concurso. No hay recinto donde poderlos convocar en sesión informativa, por ejemplo

    Y ya lo apreciamos, cuando, como ella cita en su excelente artículo, Afinsa se ofreció a comunicar a sus clientes la existencia de un Convenio que había sido aceptado a trámite, siendo ésa una obligación impuesta por ley, de la administración concursal. Aparte de no querer asumir esa tarea negándose a cumplir con el mandato legal, tampoco les interesaba dar ninguna difusión, no fuera que se les trastocaran los planes impuestos.

    Ni tampoco el legislador había previsto que una empresa solvente, sin ninguna denuncia por engaño o estafa y escrupulosamente al corriente de pago de sus obligaciones laborales, sociales y tributarias, fuera uncida forzadamente al yugo del concurso de acreedores. Puede decirse que Afinsa fue arrojada desesperadamente a esa estratagema legal, tratando de enmascarar la acción de intervenirla, una vez tomada la decisión de hacerlo, como queda demostrado en la maldita publicación “Puntos de Vista” con que valientemente Mila concluye su trabajo.

    Tampoco tuvo en cuenta el legislador – como no podía ser de otra forma -, que el texto por ellos redactado con aciertos y sin ellos, pudiera ser violado con impunidad, por quienes iban a tener el deber de aplicarlo con ecuanimidad, para impartir la justicia demandada. Si con su redacción se trataba de sustituir la antigua ley de quiebra y suspensión de pagos para impedir que las sociedades se liquidaran y desaparecieran con ellas los puestos de trabajo y otras cuestiones más, en el caso de Afinsa, fue prioritaria la vulneración de esa ley, precisamente por quienes fueron designados para aplicarla con dignidad y respeto. Eso no podía tenerlo previsto el legislador.

    Y aquí hago una pausa porque el artículo da mucho más de sí, y antes de que el sistema lo rechace por su extensión, prefiero desdoblarlo y tratar más asuntos en espacio diferente.

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  3. Siendo el mismo Anónimo anterior, me permito seguir comentando el soberbio artículo firmado por Mila.

    Cita en su escrito una serie de “condicionantes” que forzaron la maquinaria a la que finalmente Afinsa fue abocada como empresa “en destrucción”, comparándola con el caso de Nueva Rumasa. En este sentido, me cabe destacar que las condicionantes apuntadas, son tan certeras como inequívocas, a pesar de que yo echo en falta algunas también muy importantes que, seguro estoy que a ella no se le pasaron por alto, sino que su prudencia y corrección, casi con seguridad que le movieron a ocultarlas.

    Me refiero a que ninguno de los acreedores de Nueva Rumasa, debieron contar con unos “portavoces” o representantes de su colectivo tan descerebrados como lamentablemente los acreedores de Afinsa hemos mantenido entre nuestras filas, unos cuantos dignos de atar. No parecería sino que hubieran sido designados “dedocráticamente” por los mismos administradores concursales, dadas sus intenciones abyectas y sus retorcidas trayectorias .

    Y cómo no, tampoco puedo dejar de referirme a la tropa de representantes legales del colectivo, que salvo muy contaditas excepciones, podría asegurar que componen un rebaño de desinteresados, de vagos y de cerriles, que como aborregados, intentan cubrirse los unos con los otros formando como una manada ovina tratando de penetrar precipitadamente en unos corrales donde no caben. Y algunos, como viejos cabestros, intentando imponer sus deformadas y particulares teorías decimonónicas, fuera ya de toda vigencia.

    Si Nueva Rumasa hubiera padecido esta misma epidemia, hoy estaríamos leyendo en los escritos noticias muy diferentes. De donde se demuestra que aplicada la ley con sujeción a lo que el ordenamiento jurídico impone, y mantenidos fuera de la órbita de influencia a los elementos distorsionadores de dicha ley, las empresas concursadas, pueden salir adelante de manera ordenada, bien con la intervención de terceros mediante la adquisición, o con sus propias energías a través de los convenios al efecto.

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  4. Que este gobierno dió instrucciones a todos los responsables del caso Afinsa-Forum para que nunca se reflotarán las empresas y las dejaran haciendo su labor de inversiones en bienes tangibles está bien claro, a la banca no le interesaba...

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  5. Este gobierno está utilizando la "nueva" Ley Concursal a su antojo....

    Cómo vamos a confiar en la justicia, si no hay mas que injusticias cuando se trata de altas esferas.

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