En auto con fecha del 11 de junio de 2012, el juez Santiago Pedraz desestima el escrito presentado por Ausbanc, en el que se solicitaba "la conclusión del periodo de instrucción a los efectos del artículo 779.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y la declaración de la inadecuación y desproporción de las medidas cautelares acordadas mediante los Autos de 9 y 11 de mayo de 2006, en relación exclusivamente a Afinsa Bienes Tangibles y sus filiales causantes directas del verdadero perjuicio causado a los clientes de la empresa".
El rechazo de Pedraz a la solicitud de Ausbanc no causa ninguna sorpresa. Sin embargo, lo que sí resulta sorprendente –por ostensible, a lo largo de todo el escrito- es el giro garantista reflejado, de manera reiterada, en el mismo y del que, naturalmente, nos congratulamos sobremanera.
Dicho esto, y con todos los respetos, bien podría su señoría haber hecho gala de tanto pundonor garantista "al origen”, desde el mismo momento en el que se dio curso a la denuncia por parte de la Fiscalía, de manera que se hubiesen evitado las actuaciones que, finalmente, tuvieron lugar.
Por otra parte, tampoco pasa inadvertido el hecho de que sea la propia defensa de Juan Antonio Cano Cuevas, quien rechace la solicitud formulada por Ausbanc. Desconociendo las razones que originan dicho rechazo, por deducción lógica podemos suponer que la disconformidad obedece al mejor criterio de defensa de su representado, en tiempo y forma, según entienda y considere el propio letrado.
¿Inocentes? ¿Culpables? ¿Estafa, si, estafa no? Enorme el daño causado y tarde, muy tarde, llega tanto "escrúpulo, miramiento y garantismo", para los miles de personas perjudicadas -y para las propias empresas, con sus directivos imputados a la cabeza-, por actuaciones sobre las que podríamos opinar que no se ha dejado, hasta la fecha, resquicio alguno de cara al derecho constitucional de presunción de inocencia que se supone debe ampararnos a todos los españoles, y que han desembocado en una instrucción que ya se está alargando demasiado en el tiempo.
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