martes, 5 de noviembre de 2013

Caso Afinsa: Cambio Dirección Web Arpfi.

Para conocimiento general. Este es el nuevo enlace a la página web.
Más sencillo que el anterior.
Bien.
 http://www.arpfi.es/

M.

16 comentarios:

  1. Ayer hice comentarios favorecedores a Arpfi. Hoy les hago una recriminación, por la sencilla razón de los cambios constantes que están Teniendo en su página Web.
    Me explico:
    Tenía ya las hojas de registros fotocopiadas, firmadas y pendientes de enviar junto a las copias de los contratos. Ahora veo que este registro ha vuelto a cambiar y yo les pregunto con mucha educación, pero también con mucha firmeza ¿Son Uds. consciente de la imagen que reflejan? ¡Por favor! Antes de hacer nada piénsenlo 18 veces si hace falta, pero no estén cambiando día sí y día no, pues esto da muy, pero que muy mala imagen.
    Sres.: Es mucho lo que nos jugamos con esta iniciativa, por eso les sugiero y les pido que piensen bien las cosas antes de decidirlas, pues con las prisas no se llega a ninguna parte. Y esta vez, yo al menos, quiero llegar. Por eso les dí mi voto de confianza, pero piensen que ningún voto es en blanco.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Te comprendo perfectamente y como dices las prisas son malas enemigas pero creo que debemos de ser comprensibles la lucha de Arpfi yo sin estar dentro me parece enorme el esfuerzo que estan realizando y mas con el interes de hacer las cosas lo mejor posible posiblemente por ello estos cambios.
      Yo no quisiera estar en su piel y mas con las batallitas con los jueces i aa.cc que estan por medio.
      Un abrazo y mucho ánimo.

      Eliminar
    2. Hola Josanpe. Conf´´io en que tus dudas se hayan aclarado.
      Un abrazo
      Mila.

      Eliminar
  2. Que tipo de poder habría que a Arpfi y al letrado. Ya que puede ser mas o menos extenso. Puesto que eso es lo que nos preguntara el Notario.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Copio y pego el mensaje de otro bloggero. Puede ayudarte a resolver tus dudas.

      Anónimo8 de noviembre de 2013 20:42

      Buenas a todos.Ya estoy manos a la obra y por si puede resolver las dudas de alguien os expongo las preguntas que hice a Arpfi y que me acaban de contestar. 1º Qué les tengo que entregar,ya me registré?
      1.- Ahora será suficiente con que nos envíe fotocopia de la carta
      enviada por la administración concursal. No obstante cuando firme el
      contrato con Arpfi y tengamos sus poderes, nos pondremos en contacto
      con su Asociación para solicitarle la documentación necesaria.
      Viene esto a cuento a mi observación de que no dispongo de los originales de los contratos que mi asociación (Plataforma Blanca de Madrid) se quedó.
      2º.En el registro,la cantidad que debo de poner es mi inversión o lo que los administradores concursales en la nota de reconocimiento de deuda añadieron con subordinado?
      Ordinario más subordinado.
      3ºEl poder notarial,qué hay que hacer con él?Se firma,dónde,se rellena?
      El modelo de poder que tiene, deberá llevarlo a una notaría, allí
      le cumplimentarán todos los datos y lo firmará con el notario.
      Me imagino que ya nos indicaran el día,hora y sitio de la notaria.
      4º. Cuándo pago?Cuánto?Número de cuenta?
      Una vez registrado, nos deberá enviar la documentación que le
      indicamos por cualquiera de los medios que se le indica, a
      continuación le informaremos de la cuota y la cuenta donde deberá
      hacer el ingreso. Nos deberá remitir el justificante de dicho ingreso
      y procederemos a enviarle el contrato para que lo firme.

      En espera de haber respondido a sus preguntas,

      Reciba un codial saludo,

      Administración
      Corporación Filatélica Arpfi S.L.
      Queda claro que tanto mis amigos como yo vamos a solicitar la recuperación,custodia y venta de los sellos además de adherirnos a la reclamación al estado que se haga.
      Espero que le sirva a alguien. Un saludo. Julián A.

      Eliminar
  3. He intentado varias veces registrarme en la nueva pagina y no lo he conseguido, por la sencilla razon de que cuando te piden que pongas el valor de la inversión te dice que tiene que ser numérico, y hasta te pone un ejemplo, pues ni poniendo la cantidad que ellos mismos ponen de ejemplo te deja seguir. Les he mandado un correo pero de momento nada de nada

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola anónimo.Ayer a mi si me dejó,no sin antes mandarme ese mismo mensaje que dices.Te pongo varios ejemplos.No pongas punto en los miles.Si son 13.500 euros pon 13500,ok?Si son 13500,24 no pongas la coma ni arriba ni abajo,y si un punto de decimal : 13500.24 ok? Julián

      Eliminar
    2. Lo consegui...hay que poner solo la cantidad sin puntos, ni comas, ni el símbolo de euro ( € ). Si tienes una cantidad con decimales y la quieres expresar la puedes poner en observaciones, aunque como luego le tienes que mandar la hojita de los AACC, que te especifica la cantidad exacta, no hay problema.

      Gracias y un saludo

      Eliminar
    3. Qué pasa, que están poniendo el sistema de puntuación americano. Somos España. Que poco claro tienen el diseño. No dejan más que confundirme. Por favor, sean más cuidadosos, pues a mí también me está rechazando las cuantías a poner. Hagan pruebas antes de intentar por nosotros el registro, o en tal caso, pongan ejemplos de como introducir la información que nos solicitan..

      Eliminar
    4. ¿Resuelto el problemilla, chicos?
      M.

      Eliminar
  4. Hola buenas tardes a todos.
    Yo ya tenia preparado el modelo que salia en la anterior wev de ARPFI.En esta no te pedian el número de cuenta. Ahora veo que en la nueva sí que te lo piden.
    Entendemos que los que ya han mandado la anterior, tienen que hacerlo de nuevo? Muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola compañer@:
      Si entras por la web antigua, eso es lo que te va a salir.
      El enlace de la nueva web, muchomás sencillo, es:
      www.arpfi.es
      Entra en se enlace. Verás los documentos y el procedimiento para registrarse, definitivos.
      Un abrazo
      M.

      Eliminar
  5. Buenos días.
    Enhorabuena por tu trabajo al frente del blog Mila.
    A la vista de esta entradas del blog y viendo el contrato de Arpfi, tengo varias dudas, algunas os las paso a exponer.
    Entiendo que se garantiza un mínimo del 15% del valor sobre catalogo, que supongo que no es lo mismo que sobre la inversión. Podéis aclararme si Arpfi nos informa previamente de ese valor sobre el cual se aplica el porcentaje, porque ¿cabe la posibilidad de que pueda resultar inferior al 5% del capital invertido?
    El valor de mis lotes filatelicos, al igual que el total o casi de clientes, lo desconozco al no saber de filatelia y al no poder acceder al catalogo de referencia, en mi caso el Yvert.
    Por otra parte, ¿sabeís si se puede visitar físicamente la dirección de Arpfi para que nos atiendan?
    En mi caso contratar con Arpfi con asistencia jurídica supone 75 € mas IVA al año mas la comisión sobre la gestión de la venta en función del porcentaje recuperado.

    Otra pregunta si podéis responderme: ¿Cuando tendría Arpfi mis lotes de sellos disponibles para su venta¿ y previsiblemente, y por la experiencia de su equipo de expertos filatelicos, ¿Que margen de tiempo se supone que puede pasar hasta que éstos se vendieran?

    Muchas gracias por vuestra atención y quedo a la espera de vuestras respuestas.

    Un saludo!

    Un saludo y muchas gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si les envias un mensaje, seguro que te responden a estas y otras preguntas/dudas que te puedan surgir. Lo están haciendo ya con muchos clientes. Eso si: dales algo de tiempo porque están colapsados!
      Un abrazo
      Mila
      (Muchas gracias por tus palabras de entrada)
      Mila.

      Eliminar
  6. Buenos días a tod@s.
    Soy uno más de los miles de afectados de AFINSA y viendo la posible salida de la recuperación de parte de lo invertido he visitado la página web de ARPFI S.L., creándome muchísimas dudas sobre el “RESUMEN” del contrato a firmar. Pues bien, mandé un e-mail para que me pudiesen mandar el contenido de la totalidad del contratado, no obteniendo respuesta. Posteriormente dirigiéndome personalmente al señor que dio una charla sobre esta empresa intermediaria-comisionista, solicitándole una copia y la respuesta fue que “en las oficinas podría examinarlo”.
    Ante todo esto, no sé si ustedes se plantean las mismas dudas que yo si se opta por firmar el contrato:
    Al crearse “un fondo común” por lo depositado con nuestros valores filatélicos, esto se convertiría en un patrimonio INDIVISO conformado por los aportes de varios depositarios (una sola cuenta) que en este caso es grupal y que por nuestra contribución, nos corresponde un % de la misma según la aportación. Teniéndose que constituir una Sociedad Gerente (ARPFI S.L.) y una Sociedad Depositaria y Comercializadora (International Philatelic Trade S.L. (IPT).
    ¿Qué ocurre con el dinero desde que se venden los valores hasta que se reparte entre los comitentes? En seis meses o en tres si la cantidad es importante (estamos hablando de millones de euros) existe una rentabilidad ¿Quién percibe esta rentabilidad, el comitente, el comercializador o el intermediario?
    Una vez vendida una parte de los valores filatélicos (normalmente el mercado primero compra lo más demandado, a los que llamaremos valores de 1ª) se reparte entre los comitentes según su aportación, una vez descontados los legítimos porcentajes del comercializador (IPT) e intermediario (ARPFI S.L.). A partir de aquí, con tan solo haber recibido un euro, si uno quiere resolver su contrato (porque hay otra empresa que ofrece recuperar más beneficio al valor de los sellos, no estar de acuerdo como se gestiona la venta…), se entiende que tenemos que pagar un 30% de indemnización del valor de la filatelia depositada y según contrato de AFINSA, al precio que marcan o como referencia, los catálogos filatélicos del país en cuestión y si tan solo se venden al precio de un 15%, e incluso a un 8% los de 3ª categoría, las cuentas no cuadran. Y si a esto le tenemos que añadir la cuota anual, más comisión de gestión, menos aún. He incluso, puede llegar a darse el caso de que perdamos dinero en este proyecto.
    (parte 1ª .../...)

    ResponderEliminar
  7. (parte 2ª)
    Y si por el contrario, ya pagado todo lo anteriormente expuesto en el punto arriba indicado ¿Qué nos devuelven, los sellos de 1ª, 2ª o 3ª categoría? Porque tampoco se especificaría si se me han vendido 30 unidades de Naciones Unidas, un sello de España o uno de África del Sur. ¿O nos certificaría ARPFI junto con IPT la fecha de venta, cantidad, valores, país… de forma detallada la venta de nuestros sellos?
    En el apartado de custodia y salvaguarda de la mercancía dice: “…contarán con el correspondiente seguro de incendios del contenido del local… y con elementos de seguridad adecuados…” Y uno que ha visto llover mucho se pregunta: ¿no pueden existir fugas de agua en el local, explosiones (aunque sea del vecino), fenómenos atmosféricos adversos que derivan en otros siniestros, actos vandálicos, robos, hurtos, atracos… qué ocurre con nuestros sellos o quién nos indemniza? Personalmente tengo la respuesta, te quedas en paños menores, reclamamos al maestro armero y seguimos pleiteando durante un lustro.
    Son muchas las preguntas sin respuestas que derivan de este “RESUMEN DE LAS CONDICIONES MÁS IMPORTANTES…” y en estos tiempos con la que nos ha caído, la que está cayendo en otro tipos de contratos como por ejemplo las preferentes…, el tiempo que llevamos sufriendo esta lucha, particularmente realizar un verdadero “acto de fe” pues va ha ser que, de momento no.
    Solo se pide claridad y transparencia para que derive en confianza y para los que no somos doctos en la materia poder pedir asesoramiento a quienes si saben de términos legales de los contratos, cláusulas, términos imprecisos, incumplimiento del comisionista, intermediario, vendedor… y de esta forma se demostrará o al menos se intuirá la buena fe, honradez y profesionalidad.
    Gracias por publicar el comentario y perdón por la extensión.
    Recibid un cordial saludo.

    ResponderEliminar

Deja aquí tus comentarios.