lunes, 13 de octubre de 2014

La justicia española o Los Hermanos Marx en: Un Día en la Audiencia Nacional “Estos son nuestros motivos para intervenir. Si no le gustan no se preocupe. Tenemos otros".

 jueves, 9 de octubre de 2014

La justicia española o Los Hermanos Marx en: Un Día en la Audiencia Nacional “Estos son nuestros motivos para intervenir. Si no le gustan no se preocupe. Tenemos otros"

Así es como vemos los clientes expoliados por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, la intervención y clausura de Afinsa y Fórum Filatélico. Como una película de los Hermanos Marx, en la que los actores protagonistas son sus señorías Pedraz, Ruz, Vaquer y Senent; los mismos que están al frente de los procesos penales y concursales, de ambas empresas. Intervenidas en mayo de 2006, por orden del Gobierno Socialista, bajo la acusación de que eran empresas financieras que estaban llevando a cabo un fraude piramidal, la paralización de la actividad y liquidación posterior de las compañías ha supuesto de facto la ruina de 500.000 familias. Una decisión político judicial de tal magnitud debería haber estado fundamentada, con aporte de pruebas y datos exhaustivos, verídicos y fácilmente constatables que la justificasen pero, sin embargo, no fue así. De hecho, la teoría de la estafa piramidal se ha venido abajo desde el momento en que existen sentencias de Altos Tribunales (léase la Audiencia Provincial de Madrid, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo), que dictaminan de manera contundente que la actividad de ambas filatélicas era de naturaleza mercantil.

Y ante estas sentencias, de las que ningún medio se ha hecho eco, ¿qué hacen los seudo-hermanos Marx que están al frente de los procesos judiciales? En el ámbito de lo penal, primero Pedraz (Afinsa) y ahora Ruz (Forum), insisten en ratificar que existen pruebas que permiten abrir auto de procesamiento contra algunos directivos de las respectivas compañías (el último en pronunciarse a los efectos ha sido Ruz, al frente del caso Forum), Aunque en el auto firmado por el juez se vislumbra que ha necesitado más de ocho años para darse cuenta de que la empresa es, efectivamente, mercantil, resulta patético comprobar como continúa apoyándose en la tesis del “carácter financiero” de la actividad para armar un auto en el que pretende justificar la intervención que paralizó la compañía y trajo parejo el concurso. Y lo hace de la misma manera forzada que lo hizo Pedraz, hace ahora un año, con los directivos de Afinsa.

En cuanto al ámbito de lo mercantil, exactamente igual. Uno y otro, Senent (Fórum) y Vaquer (Afinsa), cada uno en sus respectivos pronunciamientos, determinan que, aún siendo ambas empresas mercantiles, las dos estaban en claro estado de insolvencia porque deberían haber “provisionado”; cosa esta harto imposible, máxime si tenemos en cuenta la existencia de una sentencia del propio Tribunal Supremo, relativa a Afinsa, en la que los magistrados determinan, con toda claridad, exactamente lo contrario.

La pifiaron con la intervención al esgrimir motivos cuya falsedad ha quedado sobradamente demostrada, (argumentaron que ambas empresas financieras llevaban a cabo una estafa piramidal), pero en lugar de rectificar, pedir disculpas y comenzar a dictar sentencia justas, no paran de sacar conejos de la chistera, actuando al estilo del mejor guión de una película de los hermanos Marx; “ES QUE ERAN INSOLVENTES PORQUE DEBIAN DE HABER PROVISIONADO DURANTE TODOS ESTOS AÑOS ATRÁS”. O lo que es lo mismo: “Estos fueron nuestros motivos para intervenir. Si nos le gustan no se preocupen. Tenemos otros”

Al mejor estilo Zapatero, lo han dejado muy claro con sus sentencias: hay que intervenir, “como sea”. ¿Qué no hay motivos? No importa. Los inventamos. Intervenimos porque el cielo es verde. Posteriormente nos hemos dado cuenta de que no era cierto, pero da igual: intervinimos porque era amarillo. ¿Que también es mentira? Pues da exactamente lo mismo porque lo importante era intervenir. Imaginación no les falta pero lo que las últimas sentencias están dejando en evidencia es que el 9 de Mayo de 2006 no existían motivos reales para actuar contra las compañías. Han estado mareando la perdiz durante 8 años, arruinando con ello el patrimonio y las vidas de 500.000 personas –los numerosos casos de suicidio avalan lo anterior- aludiendo para llevar a cabo semejantes actuaciones razones completamente FALSAS y CONTRARIAS A LA LEGALIDAD
¿Llegará alguna vez el momento en que la Justicia española rectifique y deje de “actuar” para comenzar a impartir, en nuestro caso, justicia de verdad?

13 comentarios:

  1. Estoy de acuerdo en que esto es una tomadura de pelo, los poderes reales movieron ficha para destruir estas empresas y les endilgaron el trabajo de justificacion a los poderes peleles que no tienen por donde cubrirse sus partes, porque por mas lugares que tiren se les ve el culo. Ahora bien, ya hay sentencia. Ahora, los señores Cano, Piñero y Figueiredo tendran que mover ficha, es impensable que acepten la sentencia. Esa parte de la partida es ahora la mas importante.¿Que planteamiento para dejar en evidencia la sentencia van a desarrollar?, ¿ Van a actuar pensando en nosotros?.

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  2. El auto de Pedraz es un corta y pega de la demanda original.
    El juez Vaquer argumenta lo mismo que desde el principio sin
    aportar nada nuevo. Para esto han estado 8 años!!!

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  3. Estos manipuladores de la Justicia harán todo lo imposible para justificar lo injustificable

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  4. No me cabe la menor duda que los directivos cuando puedan defenderse lo harán pensando en ellos, en su empresa y, por supuesto, en nosotros. Por cierto, el señor Cano, para poder defenderse , se puso a estudiar derecho; no sé si lo ha acabado y, lo mismo, ya es abogado.

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  5. "Se ha intervenido para proteger a los inversores". El cinismo de algunos no tiene límites.
    Para mí, pueden ahora ( después de más de 8 años), aparecer 20 sentencias diciendo que esto era una estafa, que a mi ya no me cuela.
    Vemos como se han empeñado hasta la saciedad, en decir que los nuestros eran contratos simulados..... Y en cambio, los afectados por preferentes han de luchar para que digan que los suyos son nulos de pleno derecho.
    En nuestro caso, dejó de haber justicia en el momento que , (en vez de tomar medidas preventivas, ponderados para minimizar el daño), el sr Pedraz admitió a trámite la querella. Ahí empezó el verdadero calvario. Porque para nosotros, ya da igual si dicen culpables o inocentes. Porque hagan lo que hagan, muuuuchos no podrán recuperar ya su inversión, porque ya no están. Y el daño de estos 8 años?? La pena es que la justicia es igual para todos, pero su aplicación no tanto.
    Yo le preguntaría al Juez y también al Fiscal
    Ha habido blanqueo ?.- Si es así, cómo?
    Ha habido evasión de capitales ? Si es así como y dónde ?
    Había o no había sellos ?
    Eran falsos?
    Después de 8 años, si era tan obvio, por qué tanto tiempo?
    Y si no era tan obvio, qué medidas preventivas , de comprobación se llevaron a cabo antes de tomar la determinación de intervenir ?
    Como puede ser que para proteger a los inversores.......se tomen las peores medidas que se pueden tomar ?
    Y todos estos, han dormido bien estos años. Somos un expediente.
    Si se dedicaran a actuar con sentido común, muchos problemas no existirían.
    Por qué no han aplicado las mismas medidas a esas cajitas y a sus directivos ? Pero con las mismas cámaras de TV y con la misma cobertura.

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  6. Estos de ACISA.... tienen muy buenos escritos en su blog. Pasaros por allí a dar una vuelta y lo comprobaréis.

    Gracias a tod@s los que haceis posible que este expolio se sepa.

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  7. Y otra pregunta
    El Sr Pedraz, tomará nota del caso de Fórum que argumentan que los sellos estaban sobrevalorados con respecto al Catálogo Yvert Tellier ?, o aquí, ya no valdrá la referencia a este catálogo ?
    Qué criterio seguirá para justificar el desfase y el supuesto valor de los sellos ??
    Vaya faena le acaba de hacer su colega del otro juzgado ( el de fórum),con el tema del catálogo........
    Que curiosidad !!!

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  8. ACLARACIÓN A LA SENTENCIA DEL JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE MADRID 07/octubre/2014




    1.- La primera pregunta que nos deberíamos hacer los afectados es, ¿en que nos afecta esta noticia a los que hemos pedido la filatelia?

    En nada, ya que nos entregarán la filatelia, según las últimas noticias, en noviembre-diciembre. Y será entonces cuando podamos ponerla a la venta en los mercados internacionales.

    El titular del Juzgado de lo Mercantil nº6 de Madrid sigue calificando de financiera la actividad de la sociedad, cuando en varias sentencias anteriores a esta, y de organismos superiores como el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional o la Audiencia Provincial de Madrid ya se ha calificado de mercantil.

    Y.... ¿qué diferencia hay entre financiera o mercantil?.

    a.- Si fuera financiera, la filatelia sería de Afinsa.

    b.- Si fuera mercantil la filatelia sería de los clientes.

    Queremos recordar la sentencia Nº 289/2012 de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha diecisiete de octubre de dos mil doce, en la que el FALLO decía claramente:

    "Excluir del inventario presentado por la administración concursal aquellos valores filatélicos que reúnan las condiciones especificadas en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución"

    El citado fundamento jurídico TERCERO de la sentencia dice:

    "A la vista de la naturaleza que AFINSA atribuye a los contratos celebrados con su clientes, se sostiene en el recurso que el inventario presentado por la administración concursal ha de ser mofificado en dos puntos. Por una parte, se propugna la exclusión de todos aquellos lotes filatélicos que no sean propiedad de AFINSA."

    Por lo tanto al declarar la citada sentencia anterior que la naturaleza de la actividad de la sociedad es mercantil deberá entregarse la filatelia a todos aquellos que la soliciten y tengan acreditada su propiedad (en los contratos individuales de cada cliente figura claramente especificada la filatelia de cada uno).

    2.- Si todas las sentencias se hubiesen explicado y dado a conocer como esta última, del juzgado de lo Mercantil nº6, entendemos que no huebiese causado preocupación en los clientes afectados por la intervención, ya que se tendrían un conocimiento real de la situación, que es muy distinta a como nos la quieren contar. Al no tener la misma difusión en los medios de comunicación todas las sentencias, entendemos que ésta última noticia haya podido crear intranquilidad en los que hemos pedido la filatelia.

    3.- Recordamos, que en el tema penal, todavía está pendiente la celebración de juicio, o la no celebración del mismo. Esperemos a ver lo que sucede.

    4.- Y por último ésta sentencia del juzgado de lo mercantil es recurrible, por lo tanto no es firme y habrá que esperar acontecimientos.

    Desde Arpfi seguimos manteniendo la misma unidad de criterio con respecto a la comercialización de la filatelia y los procedimientos jurídicos.


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  9. Liquidación, aunque todavía no hay liquidez suficiente para un nuevo pago.

    Negocio mercantil

    Por si fuera poco, las contradicciones se han sucedido durante los trámites judiciales que se han llevado a cabo en estos años. Hasta tal punto, que se ha llegado a la kafkiana situación de que el argumento principal de la inspección de Hacienda, que condujo a la Fiscalía a instar la intervención, ha sido rechazado por sentencia del Tribunal Supremo... sin que ello haya tenido consecuencia alguna en el proceso judicial.

    En efecto, la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo consideró improcedente la petición realizada por Afinsa en 1994, relativa a la “deducción de las dotaciones a provisiones por responsabilidades”.

    Según el Alto Tribunal, la compañía había desarrollado en ese ejercicio una actividad de “venta de lotes filatélicos con el compromiso de recomprarlos en unos plazos determinados si el inversor decidiera venderlos”.

    La sentencia considera que “la transmisión por el precio acordado en la fecha de formalización de la operación, de los lotes de sellos correspondientes a la misma, constituye una compraventa en sí”. Es decir, queda acreditado que la actividad realizada por la filatélica era una compraventa de sellos, de carácter mercantil, y no una operación financiera.

    En cambio, la inspectora de Hacienda María Teresa Yábar, cuyo informe condujo a la Fiscalía a presentar la querella contra los gestores de las empresas, consideraba que la actividad de las mismas era financiera, por lo que se reformularon las cuentas de las compañías de acuerdo con ese criterio, generándose el agujero patrimonial que, de ser considerada su actividad como mercantil, no habría existido.

    Sobre esa base se construyó, como un castillo de naipes, una acusación que el Tribunal Supremo derribó con su sentencia. Una sentencia que no ha servido, sin embargo, para alterar el curso de los acontecimientos.

    Ahora, ocho años y medio después, los afectados siguen reclamando Justicia.

    Desde Mercado de Dinero seguiremos exponiendo la injusticia cometida con este colectivo, y reclamando una solución para este dramático caso que afecta a medio millón de familias.

    Redacción. Madrid

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  10. ueves, 9 de octubre de 2014




    La Sentencia del 30 de Septiembre del juez Vaquer, después de ocho años, deja en difícil situación a los jueces Santiago Pedraz y Grande-Marlaska, sentenciando que los principales motivos que llevaron a estos a la intervención de Forum y Afinsa eran falsos



    La Sentencia del 30 de Septiembre del juez Vaquer, después de ocho años, deja en difícil situación a los jueces Santiago Pedraz y Grande-Marlaska, sentenciando que los principales motivos que llevaron a estos a la intervención de Forum y Afinsa eran falsos.

    Ocho años ha tardado en darse cuenta el juez Vaquer del carácter mercantil de estas empresas pese a que la Ley 35/2003 lo dice expresamente, ha necesitado 7 sentencias y dos leyes . Pero su “problema” no es único, persisten aún en el carácter financiero los jueces Ruz y Pedraz , claro está, que esta fue la disculpa que esgrimieron los fiscales en las querellas y que a ellos le sirvieron para la intervención de las dos empresas.

    Dado que ese fue el motivo,(el que eran financieras y sus operaciones debían haberse contabilizado como préstamos) que llevó a este juez en 2006 a admitir el concurso, todo podría hacer pensar que dado que reconoce ahora que el motivo era falso se retractaría de su actuación y debería decretar la nulidad de actuaciones y volver la empresa a su situación a 9/5/2006.

    Pero pese a considerar que estos motivos eran falsos, y como si del guión de una película de los Hermanos Mars se tratase, su planteamiento es otro: “si no valen estos motivos tengo más”.
    Y así, en su sentencia de 30 de septiembre, nos presenta una serie de motivos, con los que pretende justificar ahora, la declaración de concurso de Afinsa en 2006, puesto que los anteriores ya no le sirven. Motivos que, en gran parte, son contrarios a la jurisprudencia, a la normativa contable y a las normas e incluso al más elemental sentido común.

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  11. YA SE HABIA DEMOSTRADO QUE LA JUSTICIA AMERICANA NOS SACABA MIL PUEBLOS AHORA SE DEMUESTRA QUE LA SANIDAD AMERICANA NOS PEGA MIL VUELTAS....HALA HABER SI LA ADMINISTRACION POLITICA ACTUAL ESTA A LA ALTURA EN ESTA ATROCIDAD QUE NO HAN HECHO O HAY QUE ENCUMBRAR A LOS POLICTICOS AMERICANOS TAMBIEN ......Agus.(ASTURIAS)

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  12. Dentro de x años se como se va a solucionar, a traves del ico el que quiera coger un 50 % de su inversion que lo coja y el que no quiera que siga con el proceso judicial que durara 10 años mas, y como se suele decir divide y venceras.........

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  13. El partido popular tiene en su mano una propuesta que firmo el presidente Mariano Rajoy. De esa propuesta que nos hizo dependerá que 500000 familias afectadas le voten o no. Así qué yo de el no nos hacia enfadar más en este tema ya está bien que han pasado más de 8 años! Si la intervención fue política la solución también debe serla pese a quién le pese.

    Saludos y ánimo a todos, esto aunque tarde lo tenemos ganado y ellos lo saben

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