lunes, 18 de enero de 2016

Se reanuda el "Juicio Afinsa".

Buenos días a tod@s.

¡Vuelta a la batalla!.


Hoy declara D. Joaquín Abajo Quintana, abogado del Estado, secretario del Consejo de Administración y asesor jurídico desde 1997.

Os mantendremos puntualmente informados de cómo ha transcurrido la sesión, cuando nuestro compañero Eduardo Berbis nos pase su "crónica" de la jornada.

Si hubiera noticias, a lo largo de la mañana, las subiríamos inmediatamente a nuestro Canal, tal y como viene siendo habitual.

En tanto tenemos novedades, aquí os dejo una reseña publicada en Mercado de Dinero del mes de enero.

Titulada "El Fiscal del caso Afinsa aún no ha justificado la intervención", sintetiza perfectamente la situación en la que estamos y las dificultados que tiene la fiscalía para probar las gravísimas acusaciones que han llevado a esta empresa, a sus directivos, trabajadores y clientes,  a la gravísima e injusta situación actual.

"Transcurridas diez jornadas del juicio contra los antiguos gestores de Afinsa e interrogados ya cuatro de ellos, el fiscal del caso Afinsa, Alejandro Luzón, aún no ha logrado demostrar las graves irregularidades contables que dieron lugar a la intervención que acabó con Afinsa y Fórum y, por extensión con el negocio de inversión en bienes tangibles en España. Se le acaba el tiempo".  (La negrita y el subrayado son de Canal Afinsa).

4 comentarios:

  1. Gracias Mila, gracia MIla por tu tenacidad, por tenernos informados al minuto, los que vivimos lejos, no sabes el balón de oxígeno que tenemos con tigo y con todos los que nos vais informando,gracias también a Eduardo.Como siempre desde Cuenca un abrazo

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    1. A vosotros siempre, por leernos, queridisimos.
      bss
      Mila.

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  2. CARTAS RECOGIDA FILATELIA ENVIADAS POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL Y CARTA RESPUESTA CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL 13/01/2016







    Estimados clientes,

    Queremos transmitirles dos informaciones:

    1.- CARTAS RECIBIDAS PARA LA RECOGIDA DE LA FILATELIA. Como ya informamos anteriormente, la administración concursal está enviando cartas para la recogida de la filatelia. Y lo está haciendo, desde junio de 2015, con un primer envio de unas 900 cartas aproximadamente y con distintos cirterios para su envío, ya que a algunos clientes se les reconoce algún contrato pero otros contratos no. De los contratos que no se les reconoce se justifican con argumentos para la no entrega de la filatelia tales como: filatelia no apta para la entrega, lote incompleto, contrato pendiente adjudicación o filatelia deteriorada. Por este motivo los clientes no están recogiendo la filatelia y así lo confirma la propia administración concursal reconociendo que de las primeras 900 cartas aproximadamente, tan solo han respondido para ir a recogerla algo mas de 250 clientes. En una segunda entrega de otras 900 cartas aproximadamente se ha cambiado el criterio de envio, siendo en esta ocasión a clientes con filatelia reconocida (según ellos), por lo tanto puede que en una misma familia reciban la carta todos sus miembros o solo alguno de ellos. Esperen a los siguientes envios que realice la administración concursal, ya que somos miles los que todavía no hemos recibido dicha carta.

    Ante esta forma de ejecutar la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 17-10-2012 , por parte de la administración concursal y por orden del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, Arpfi se opuso al contenido de dichas cartas, posteriormente presentó recurso de reposición y con fecha julio de 2015 presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, presentando el pasado día 7 de diciembre la designación de particulares (documentación que solicita la Audiencia Provincial de Madrid para el estudio del caso), estando a la espera de la resolución de la misma.

    Mientras tanto, y como la presentación de estos recursos no paraliza la fase de liquidación, la administración concursal sigue enviando cartas a los clientes para que pidan cita a fin de recoger la filatelia que quieran dar a los clientes.

    Por lo tanto si Usted ha recibido alguna de estas cartas, rogamos nos envíe las mismas, sin cumplimentar, solamente firmadas por el titular donde pone autorizante y/o apoderdante.



    2.- CARTA DE QUEJA ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL (CGPJ): Por otro lado, Arpfi envió, en junio 2015, a los clienes una carta de queja ante el CGPJ para que la cumplimentasen y nos la remitiesen firmada cada uno. Algunos clientes, 24, la enviaron directamente al CGPJ, recibiendo como respuesta el archivo de la queja y no incoar expediente disciplinario a S Sª el Juez Francisco Javier Vaquer. Posteriormente, y cuando otro grupo de clientes, que no todos, nos enviaron la carta de queja firmada, procedimos a enviarlas desde Arpfi al CGPJ. Ahora nos contestan uno por uno, como era de esperar, con el mismo acuerdo del archivo de la queja. No obstante, contra este acuerdo, cabe interponer recurso de alzada ante la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial. POR LO TANTO SI HAN RECIBIDO DICHA CARTA DEL CGPJ NO TIENEN QUE HACER NADA. El gabinete jurídico de Arpfi ya está estudiando las acciones oportunas.

    Desde el equipo de dirección de Arpfi, y como clientes de Afinsa afectados, también, por la intervención, estamos realizando, y lo seguiremos haciendo, las gestiones oportunas para que podamos recoger toda nuestra filatelia . Seguimos velando por los derechos de todos aquellos que han depositado la confianza en Arpfi para intentar recuperar el 100% de su dinero.

    No obstante, a lo anteriormente expuesto, si tienen alguna duda o necesitan alguna aclaración, pónganse en contacto con nosotros y le atenderemos con mucho gusto, como siempre hemos hecho.

    Un cordial saludo,

    Corporación Filatélica Arpfi

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  3. ¿Acaso la Audiencia Provincial de Madrid, no conoce las prácticas irregulares por no decir fraudulentas que está llevando a cabo esta Administración Concursal?

    ¿Acaso no conocen las distintas demandas interpuestas al Juez del Concurso?

    ¿Por qué consienten que este juez haga lo que le venga en ganas y no cumpla de una vez con la citada Sentencia?

    Y el Consejo General del Poder Judicial ¿Tampoco conoce las prácticas de este elemento?

    Esto sencillamente hiede a corporativismo.

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