El pasado sábado, 30 de junio, publicamos una sentencia del Tribunal Supremo en la que se rechaza el recurso de casación interpuesto por clientes de Afinsa, con relación a la sentencia del Alto Tribunal de 5 de noviembre de 2010.
Esta sentencia que publicamos hoy es en respuesta al
recurso planteado por la “ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES PERJUDICADOS
FÓRUM CUENCA DEFENDIENDO LO NUESTRO Y OTROS”. En ella los magistrados
rechazan de plano el recurso de casación interpuesto, y se condena a los
recurrentes, tal y como hicieran en el caso de la anterior, al pago de costas.
Para quienes venimos sosteniendo
desde hace más de seis años que la
intervención de las filatélicas ha sido una operación ilícita en toda regla, no
nos sorprende en absoluto que este sea el tenor de las respuestas con que se
están despachando los recursos planteados. Sin embargo, lo que si resulta
sorprendente es que algunos bufetes de abogados hayan planteado estos recursos sabiendo de antemano, (como deberían saber), que los tenían completamente perdidos.
Generar expectativas a sus clientes, aún a
sabiendas del riesgo que eso conlleva con respecto al pago de costas
impuestas por el T.S. (que dicho sea de paso, están siendo muy razonables para
lo que podrían haber llegado ser), y seguir manteniendo la teoría de que ambas
empresas, Afinsa y Forum Filatélico, actuaron sin la supervisión de las
instituciones y organismos supervisores y reguladores españoles -y de ahí que se cometieran
los presuntos ilícitos penales de los que, a día de hoy, continúan estando imputados sus
directivos-, es un auténtico insulto a la inteligencia, cuando no una flagrante
transgresión de los principios deontológicos de buen hacer y de prudencia que
deben regir en el ejercicio de la abogacía.
Cientos de abogados nos han llevado
a miles de clientes de Afinsa y Forum a la ruina con su patética estrategia de
defensa. En el caso de Afinsa, el grueso de los letrados que dicen "defendernos" ha contribuido a laminar la
compañía al no apoyar en tromba, como un todo, la presentación de un convenio
de acreedores para reflotar la empresa, poniendo con ello las cosas muy difíciles
a un juez que ha decidido, contra viento y marea, seguir adelante con la liquidación.
Que nadie se equivoque: estamos
donde estamos porque, a la hora de defender nuestros intereses como clientes, hemos
sido un auténtico desastre; un colectivo disperso, desunido, desinformado y manipulado por algunos
mindundis de tres al cuatro que se han creído los reyes del mambo por estar al
frente de plataformas y asociaciones, que les vienen pero que muy grandes y que, dejándose “aconsejar” por sus abogados, no han hecho cosa mejor, con sus tonterías y sus fantasías de la estafa, que
arruinarnos a todos.
Vienen tiempos muy duros para estos
impresentables. La urdimbre que han montado, junto con sus abogados, se cae a
pedazos. Si los razonamientos jurídicos de las diferentes sentencias de la Audiencia Nacional
y del Tribunal Supremo ya pusieron en su día los puntos sobre las íes, en
sentencias que resultaron demoledoras para algunos “intereses”, apañados van
cuando lean los razonamientos que emplean sus señorías para rechazar, uno por
uno, y en racimo, todos los recursos que se han ido planteando, estúpidamente, contra
las referidas sentencias.
Resulta patético ver cómo
intentan colarse por los entresijos de los párrafos escritos por los
magistrados, para retorcer el significado de los pronunciamientos, recibiendo
como toda respuesta a semejante estulticia un patadón jurídico en toda la boca que
va a dejar a más de uno sin aliento.
¡Vaya pérdida de tiempo y de
dinero la de los recurrentes! En lugar de cambiar la dirección de sus querellas
y admitir, de una vez por todas, que la intervención de Afinsa (y Forum) constituye el mayor acto de terrorismo económico contra el consumidor que se haya llevado a cabo por un gobierno del
Reino de España, ahí los tenemos, presentando recurso tras recurso, (con el
dinero de los clientes, claro está), e incluso planteándose llegar hasta
Estrasburgo, tal y como ha manifestado el más
rábula de todos, si ello fuera “necesario”. (Más pérdida de tiempo y de dinero, lo auguro).
Todo con tal de seguir mareando
la perdiz; todo con tal de no dar su brazo a torcer y admitir que han metido la
pata hasta el corvejón; todo con tal de no plantarse delante de sus clientes y
decirles, con un par: "nos hemos equivocado y os hemos llevado derechitos al desastre"; todo
con tal de no saber tragarse ese orgullo estúpido del que adolece, de manera
endémica, la práctica totalidad de los profesionales del “Derecho”; todo con
tal de no dejar de mirarse el ombligo, a ver si de ahí brotan los dineros que
en su día pensaron cobrar en concepto de honorarios, y que ya tienen claro que
se esfuman tan pronto nos devuelvan la filatelia a los clientes; filatelia que, por cierto, ya viene de camino.
Pues nada, que sigan erre que erre. A ver cómo justifican algunos
ante sus clientes el que estos tengan que pagar ahora las costas derivadas de la
estupidez de haber presentado recursos, algunos de los cuales vienen incluso mal planteados desde el
orígen: (…) Lo primero que debe señalarse es que este motivo no resulta consecuente
con la actuación procesal desplegada por la parte recurrente en la instancia,
pues, habiendo sido requerida por el órgano juzgador por diligencia de
ordenación de 14 de octubre de 2009,
a fin de que manifestara si el recurso nº 267/2009 era
el mismo que el presentado con el número 266/2009, sostuvo en su escrito de
fecha de entrada en el Registro de la
Sala a quo de
27 de octubre de 2009 que "efectivamente es el mismo recurso. ", reconociendo que la existencia de ambos
recursos se debió a su exclusivo error. (…), y que estaban destinados a ser rechazados de
antemano.
A ver cómo les explican estos cerebros que, en las
sentencias como la que trasladamos a continuación, aparezcan, una y otra
vez, pronunciamientos ”recordatorio” de la demoledora sentencia del T.S. de 5 de noviembre de 2010, del siguiente tenor:
(…)TERCERO.- El Abogado del Estado se opone a la admisión del recurso de
casación aduciendo que el recurso carece manifiestamente de fundamento y que
las Sentencias de este Tribunal de 9 y 13 de diciembre de 2010 y de 27 de junio
de 2011 han descartado la naturaleza financiera de los contratos celebrados por
FORUM FILATÉLICO y AFINSA. (...)
(…)Decíamos en aquella sentencia lo que sigue:
<< Lo cierto es que las sentencias de la Audiencia Nacional
- que analizan la documentación antes citada- se han pronunciado reiteradamente
en el sentido de que la actividad desarrollada por Forum y Afinsa, la comercialización de sellos como bienes tangibles con
un compromiso cierto de revalorización, se enmarca dentro de la legislación
mercantil, y los contratos suscritos en el ámbito de dicha actividad se regulan
por dicha legislación y por las disposiciones contractuales convenidas por las
partes en el ejercicio de su autonomía de la voluntad; siendo también de
aplicación a dicha actividad la legislación general de consumidores y usuarios,
que en la materia que nos ocupa fue objeto de desarrollo complementario
sectorial mediante la disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003 , derogada y
sustituida posteriormente por la Ley 43/2007, que versa precisamente sobre la
protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de
restitución del precio. (...)
La sentencia de siete páginas
que recoge estos y otros pronunciamientos, que insertamos a continuación, es un avance
de la que publicaremos mañana, mucho más exhaustiva y demoledora, desplegada
a lo largo de 28 folios, ninguno de los cuales tiene desperdicio.
Comentario de Elvira:
ResponderEliminarHe leído con suma atención el contenido de este post, y habría mucho que opinar al respecto, pero no se trata de polarizar la atención de manera unilateral. Más bien intentaré incidir en un aspecto que a mí me parece crucial de todo lo escrito. Nuestro colectivo en general, ha estado atemorizado en una gran mayoría, por la desfachatez de esos engreídos representantes perennes de plataformas y asociaciones, verbigracia la de Córdoba cuyo máximo exponente es ese señor X, que encaramado al “cargo” como una misma garrapata, se atenazó al chollo que le supuso poderse mover con una cierta agilidad allá por donde le vino en ganas a costa de sus asociados que le sufragaban sus gastos con las cuotas, para reunirse bien con sus colegas confederados, o bien para evacuar consultas con su letrado abductor.
Y también el “responsable” de la de Castellón, incrustado en su papel connatural de permanente voceras, rebotado por inútil de sus funciones laborales, que junto con el anterior y a otro más de las tierras del norte, se confabularon para tener asustados y amedrentados con horrorosas represalias económicas a los asociados a sus plataformas, si no se comportaban con la disciplina impuesta por ese auto denominado trío de la bencina, que a su vez seguía las enseñanzas patriarcales de sus ilustres leguleyos.
Y los tres, junto con sus togados “defensores”, han contaminado con las “tonterías y fantasías” [sic] de su doctrina de la estafa, a todos cuantos quisieron oírles predicar en su particular desierto, acorralándolos al borde de la misma ruina con una liquidación que nunca van a ver materializada por ser tan necios. Ya se acabaron esos comunicados preventivos, asustadores y amenazantes. Sólo les queda el inmenso silencio y la agria sensación del fracaso con sabor a derrota.
Como bien dice mi esposo, se lo buscaron y lo han logrado.
Elvira