miércoles, 8 de octubre de 2014

Varios.

A continuación, un "collage" de noticias y comentarios, por considerar que su lectura puede merecer vuestro interés.


A.- Nota aclaratoria,  publicada por Arpfi, relativa a la sentencia del juez de lo Mercantil.
 
1.- La primera pregunta que nos deberíamos hacer los afectados es, ¿en que nos afecta esta noticia a los que hemos pedido la filatelia?
        En nada, ya que nos entregarán la filatelia, según las últimas noticias, en noviembre-diciembre. Y será entonces cuando podamos ponerla a la venta en los mercados internacionales.

El titular del Juzgado de lo Mercantil nº6 de Madrid sigue calificando de financiera la actividad de la sociedad, cuando en varias sentencias anteriores a esta, y de organismos superiores como el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional o la Audiencia  Provincial de Madrid ya se ha calificado de mercantil. 
Y.... ¿qué diferencia hay entre financiera o mercantil?. 
      a.- Si fuera financiera, la filatelia sería de Afinsa.
      b.- Si fuera mercantil la filatelia sería de los clientes.

Queremos recordar la sentencia Nº 289/2012 de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha diecisiete de octubre de dos mil doce, en la que el FALLO decía claramente:
       "Excluir del inventario presentado por la administración concursal aquellos valores filatélicos que reúnan las condiciones especificadas en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución"
El citado fundamento jurídico TERCERO de la sentencia dice:
   "A la vista de la naturaleza que AFINSA atribuye a los contratos celebrados con su clientes, se sostiene en el recurso que el inventario presentado por la administración concursal ha de ser modificado en dos puntos. Por una parte, se propugna la exclusión de todos aquellos lotes filatélicos que no sean propiedad de AFINSA."
Por lo tanto al declarar la citada sentencia anterior que la naturaleza de la actividad de la sociedad es mercantil deberá entregarse la filatelia a todos aquellos que la soliciten y tengan acreditada su propiedad (en los contratos individuales de cada cliente figura claramente especificada la filatelia de cada uno).
2.- Si todas las sentencias se hubiesen explicado y dado a conocer como esta última, del juzgado de lo Mercantil nº6, entendemos que no hubiese causado preocupación en los clientes afectados por la intervención, ya que se tendrían un conocimiento real de la situación, que es muy distinta a como nos la quieren contar. Al no tener la misma difusión en los medios de comunicación todas las sentencias, entendemos que ésta última noticia haya podido crear intranquilidad en los que hemos pedido la filatelia.
3.- Recordamos, que en el tema penal, todavía está pendiente la celebración de juicio, o la no celebración del mismo. Esperemos a ver lo que sucede.
4.- Y por último ésta sentencia del  juzgado de lo mercantil es recurrible, por lo tanto no es firme y habrá que esperar acontecimientos.
Desde Arpfi seguimos manteniendo la misma unidad de criterio con respecto a la comercialización de la filatelia y los procedimientos jurídicos. 
 (www.arpfi.es)

B.- Ministra de Sanidad Ana Mato.

Como algunos de vosotros estáis conformando una lista en la que aparecen personajes caídos en desgracia,  que de una u otra manera han tenido que ver con nuestro expolio, tal parece que, en cuestiones de continuidad en el cargo, el asunto del ébola se lo pone feo, feo, a la ministra de Sanidad y Consumo, Ana Mato. 

Lamentando profundamente los motivos del vía crucis que le van a hacer pasar -ya lo están haciendo- los medios de comunicación, que puede llegar a forzar una salida de su cargo, vía dimisión o destitución, lo cierto es que, teniendo en cuenta las actuaciones -más bien inacciones y desplantes- que esta ministra tuvo con nosotros en el pasado con relación al sangrante tema de los créditos ICO, lo que le está sucediendo ahora tiene toda la pinta de ser un virulento brote de "karma cabreado", que le va a atizar de lo lindo.

¿Que no recordáis lo que sucedió? Aquí va una transcripción de la entrada publicada en su día, para que refresquéis vuestra memoria.

Caso Afinsa: Préstamos ICO - 17.11.12


C O M U N I C A D O
Querid@s tod@s: Con profunda tristeza debemos comunicaros que, hasta el momento, el Gobierno del Partido Popular no ha renovado los préstamos ICO concedidos en su día a los expoliados de Afinsa y Fórum Filatélico. 
En el día de ayer, cinco representantes de un importante colectivo de perjudicados nos reunimos con cuatro altos cargos de los Ministerios de Economía y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Consumo), para darles traslado de nuestra profunda indignación por la falta de sensibilidad mostrada con el colectivo ante la no renovación de los créditos que ya están venciendo, y cuyo pago está suponiendo para muchísimas personas un auténtico calvario económico, agravado además por la indecente e inmisericorde  postura de presión que muchos bancos están ejerciendo contra esas personas..
En una reunión durísima, expusimos abiertamente a nuestros interlocutores cual es la realidad que está viviendo nuestro colectivo, expoliado por el mayor acto de terrorismo económico que jamás se haya puesto en marcha en España. 
Justo es reconocer que el trato recibido por su parte fue extremadamente cortés, y el tiempo que se nos dedicó generoso pero, en cuanto a resultados estamos, a día de hoy, tal y como estábamos a día de ayer, y de antes de ayer, y hace un mes....
Se nos aseguró, eso sí, que la prórroga de 180 días ordenada a los bancos para la ejecución de los préstamos, tras su vencimiento era real. Tomaron buena nota de cómo la banca está ignorando esta orden y se comprometieron a tomar medidas para frenar las coacciones y abusos por ejecución de los créditos vencidos, que se están llevando a cabo por parte de algunas entidades financieras.
En la reunión se dio igualmente traslado de nuestra profunda repugnancia y malestar por las miserables  actuaciones llevadas a cabo por ADICAE, con su presidente Manuel Pardos a la cabeza, al lanzar notas de prensa arrogándose el "mérito" de haber conseguido la prórroga de los créditos ICO.

Se les dijo alto y claro que llevamos casi siete años durmiendo con este enemigo falaz, traicionero y taimado que no ha hecho cosa buena por ninguno de nosotros y se les exigió que, a la mayor brevedad posible, se pongan en contacto con dicha asociación para que deje de fabular sobre un asunto de tanta importancia para miles de perjudicados.

 En síntesis, amigos. Nuestra impresión al finalizar la reunión queda recogida en estos cuatro puntos:

1.- Estamos ante un conflicto de competencias entre Ministerios.
2.- No hay un duro en las arcas del Estado.
3.- Si lo  hubiera, muy probablemente no sería para nosotros.
4.- El Ministerio de Economía, sin embargo, quiere que el asunto de los ICO´s salga adelante.
5.- El Ministerio de Sanidad, en el que recaen las competencias de Consumo, con la ministra Ana Mato como responsable, NO.

Queridos todos: creo que tendremos que cambiar la línea de actuación que hemos llevado hasta la fecha, y hablar el único lenguaje que los políticos entienden; eso que ellos denominan "presión social". Lo haremos.

Convendremos todos en que tenemos todo el derecho del mundo a que se nos escuche y se nos ayude.Ayer nos escucharon. Con las acciones que emprendamos en los próximos días, confiamos que la ministra Mato reciba alto y claro el mensaje y, finalmente,  nos ayude.

Una vez más, día duro y dificilísimo en el que nos acompañasteis todos y que tuvo como resultado las mismas buenas palabras y la consabida inacción  que llevamos sufriendo desde hace más de seis años, por parte de los políticos, de uno y otro partido, sobre nuestro expolio.  ¿Qué hemos hecho, amigos, para merecer todo esto?

Un fuerte abrazo para todos vosotros. Sentimos enormemente no poder trasladaros mejores noticias, pero tened por seguro que lo vamos a seguir peleando.

ACLA
Plataforma Blanca de Albacete
Plataforma Blanca de Bilbao-Vizcaya
Federación Nacional de Plataformas Blancas
Ausbanc

C.- Inhabilitación del juez Elpidio Silva, por prevaricador.

Otro que tal baila. Esta es una noticia que tiene dos caras, como la luna.

En la cara A, tenemos su inhabilitación, lanzada a los cuatro vientos a bombo y platillo, generando ríos de comentarios de partidarios y detractores de la decisión judicial. Los primeros, aprueban el fallo argumentando que la persecución contra Blesa ha sido desmesurada, vulnerando con ello la legalidad y el principio de seguridad jurídica, en tanto que los segundos argumentan que si, que muy bien, que el juez Elpidio fuera de la carrera judicial, pero que Blesa se nos va de rositas.

En la cara B, esa que llaman "la cara oculta de la luna", nos encontramos con algo de lo que nadie habla (salvo Canal Afinsa, claro está): las actuaciones del inhabilitado juez, con respecto a Afinsa, en lo referente a la instrucción que llevó a cabo por la sustracción de filatelia que formaba parte de la famosa "Colección Alemany", propiedad de Afinsa,  cuya venta ilícita se descubrió en puestos de la Plaza Mayor

Este señor juez, ahora inhabilitado por prevaricador, se fumó un puro con el asunto; "compró" la versión que le presentó la administración concursal de Afinsa (que ya sabemos todos de qué va y cómo se las gasta), y cerró el tema. Sin más.

Bueno. Tal vez ahora, haciendo un repaso de todo aquello que, en su momento, pudo y debió hacer por impartir justicia como Dios manda, y no hizo, recuerde también por que pasó olímpicamente del asunto de una colección filatélica valorada en muchos millones de las antiguas pesetas, que alguien -¿desde dentro de Afinsa?- esquilmó, por toda la cara, a la ya expoliada y saqueada compañía.

Por último, el comentario que ayer mismo nos trasladó un querido compañero, asiduo del Blog, que considero interesante. En su opinión, y la de otro compañero, igualmente expoliado, "la Sentencia de Vaquer bien podría deberse a un intento de desmoralizar, todavía más, a todos aquellos clientes que a fecha de hoy no se han decidido todavía por una de las dos opciones A o B, de manera que pasen olímpicamente de pedir la devolución de sus lotes filatélicos y soliciten, directamente, el dinero". 

Podría ser, claro que si. En lo relativo a Afinsa, todo es kafkiano y váya usted a saber lo que mentes muy calenturientas son capaces de pergeñar.

Lo cierto y verdadero es que no les falta razón porque, cada cliente que pide la filatelia (ya pasan de ocho mil), arrojan una losa del tamaño del Peñón de Gibraltar, a los malvados que han montado todo este follón para cargarse Afinsa y arruinarnos a nosotros y no sponen más cerca de que, finalmente la Justicia imparta la "idem" en todo este asunto.

Lo que si está claro es que el tiempo será el que deje al descubierto cuales fueron las verdaderas razones de una sentencia que, si bien cierra un proceso concursal, tal y como manda la ley, no tenía por qué haber sido difundida a los cuatro vientos, de la manera en que se ha hecho, ni causar la alarma y confusión generalizada que ha causado, máxime teniendo en cuenta que, como bien dice el comunciado de Arpfi, otras sentencias de rango superior y muchísimo más importantes que las de un juzgado de lo mercantil, (Tribunal Supremo y Audiencia Provincial), cuyo fallo entra en clara contradicción con la sentencia de Vaquer, no han merecido ni un solo titular por parte de los medios de comunicación.

Bueno, pues por el momento, esto es todo. Suficiente por hoy, querid@s amig@s. 

(No olvidéis circular el enlace a la encuesta que tenemos abierta en Canal Afinsa. Gracias).
 http://canalafinsa.blogspot.com.es/2014/09/encuesta-para-los-lectores-de-canal.html

Feliz y productivo día para tod@s.
M.

11 comentarios:

  1. El juez Vaquer, después de ocho años, deja como prevaricadores a los jueces Santiago Pedraz y Grande-Marlaska, sentenciando que los motivos que llevaron a estos a la intervención de Forum y Afinsa eran falsos.

    Ocho años ha tardado en darse cuenta el juez Vaquer del carácter mercantil de estas empresas pese a que la Ley 35/2003 lo dice expresamente, han sido necesarias 7 sentencias y dos leyes . Pero su “problema” no es único, persisten aún en el carácter financiero los jueces Ruz y Pedraz , claro está, que esta fue la disculpa que esgrimieron los fiscales en las querellas y que a ellos le sirvieron para la intervención de las dos empresas.

    Dado que ese fue el motivo,(el que eran financieras y sus operaciones debían haberse contabilizado como préstamos) que llevó a este juez en 2006 a admitir el concurso, todo podría hacer pensar que dado que el motivo era falso se retractaría de su actuación y debería decretar la nulidad de actuaciones y volver la empresa a su situación a 9/5/2006.

    Pero pese a considerar que estos motivos eran falsos, y como si del guión de una película de los Hermanos Mars se tratase, su planteamiento es otro: “si no valen estos motivos tengo más”.
    Y así, en su sentencia de 30 de septiembre, nos presenta una serie de motivos, con los que pretende justificar ahora, la declaración de concurso de Afinsa en 2006, puesto que los anteriores ya no le sirven. Motivos que, en gran parte, son contrarios a la jurisprudencia, a la normativa contable y a las normas e incluso al más elemental sentido común.

    PERO LO FUNDMENTAL DE ESTA SENTENCIA SON DOS COSAS:

    1.- Reconoce que los motivos que aparecen en las querellas que justificaban la intervención NO EXISTIAN (no eran financieras ni sus operaciones préstamos), por lo que, se deja a sí mismo y a Marlaska y Pedraz en una delicada situación. ¿Podrían ser considerados “presuntos” prevaricadores?

    2.- Dice ahora, para justificar la intervención y posterior concurso que “la empresa estaba en situación de insolvencia de haber cumplido su “obligación contable” de dotar a las provisiones”.
    No voy a entrar en pormenores, pero es suficiente leer la Sentencia de 11de marzo de 2011 del Tribunal Supremo sala de lo Contencioso Administrativo sección Segunda que venía a ratificar otra de 22 de marzo de 2006 de la Audiencia Nacional C/A seción 5, que debería conocer, para darse cuenta que sino dotaba era porque esa sentencia se lo prohibía de forma expresa desde 1994, tras una inspección de la AEAT, que además acreditaba que la contabilidad era correcta, salvo que debía de dejar de dotar a las provisiones, como venía haciendo, y así lo hizo, aunque recurrió la decisión.

    Concretamente y en el caso de Fórum, se estuvo dotando desde 1989 a 1994 y se dejó de hacer tras la inspección paralela a la de Afinsa por orden de la AEAT, esto lo recoge el Informe de la Administración Concursal de Fórum Filatélico SA, pág. 16 punto 4 que también debería conocer.



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    1. Qué bien que alguien clarifique y explique con palabras comprensibles esta sentencia...porque lo que es yo, no he sido capaz de resistir el sopor que me ha producido simplemente echarle un vistazo! Se agradece anónimo!

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  2. se equivocó hace 6 años diciendo que eran financieras y se equivoca ahora diciendo que se debería haber dotado a la provisión por insolvencias.
    ¿ necesitaremos otros 8 años para enmendar el error?

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  3. a jurisprudência em espanha anda no zigue -zague, no caso da Afinsa e fórum, na minha opinião os juízes não respeitam uns aos outros, porque os altos tribunais sentenciaram as empresas Mercantilis, os tribunais inferiores sentenciaram como financeiras, aonde está a veracidade da justiça espanhola, não existe!!!!!!!, vergonhoso , insultuoso, para todos os penalizados da Afinsa e Forum. jose morais-PORTUGAL.

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  4. como português que sou, penalizado da Afinsa, meu total REPUDIO por mais este verdadeiro ESCANDALO ESPANHOL, com a sentença deste juíz VAQUER, que prevaricou os ALTOS TRIBUNAIS DE ESPANHA, como SUPREMO E AUDIENCIA PROVINCIAL, na sentença de que a AFINSAera FINANCEIRA, aonde varias sentenças dizem alto e bom som que sáo MERCANTILIS. jose morais .

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  5. SENTENCIA DEL JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE MADRID 07/octubre/2014




    1.- La primera pregunta que nos deberíamos hacer los afectados es, ¿en que nos afecta esta noticia a los que hemos pedido la filatelia?

    En nada, ya que nos entregarán la filatelia, según las últimas noticias, en noviembre-diciembre. Y será entonces cuando podamos ponerla a la venta en los mercados internacionales.

    El titular del Juzgado de lo Mercantil nº6 de Madrid sigue calificando de financiera la actividad de la sociedad, cuando en varias sentencias anteriores a esta, y de organismos superiores como el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional o la Audiencia Provincial de Madrid ya se ha calificado de mercantil.

    Y.... ¿qué diferencia hay entre financiera o mercantil?.

    a.- Si fuera financiera, la filatelia sería de Afinsa.

    b.- Si fuera mercantil la filatelia sería de los clientes.

    Queremos recordar la sentencia Nº 289/2012 de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha diecisiete de octubre de dos mil doce, en la que el FALLO decía claramente:

    "Excluir del inventario presentado por la administración concursal aquellos valores filatélicos que reúnan las condiciones especificadas en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución"

    El citado fundamento jurídico TERCERO de la sentencia dice:

    "A la vista de la naturaleza que AFINSA atribuye a los contratos celebrados con su clientes, se sostiene en el recurso que el inventario presentado por la administración concursal ha de ser mofificado en dos puntos. Por una parte, se propugna la exclusión de todos aquellos lotes filatélicos que no sean propiedad de AFINSA."

    Por lo tanto al declarar la citada sentencia anterior que la naturaleza de la actividad de la sociedad es mercantil deberá entregarse la filatelia a todos aquellos que la soliciten y tengan acreditada su propiedad (en los contratos individuales de cada cliente figura claramente especificada la filatelia de cada uno).

    2.- Si todas las sentencias se hubiesen explicado y dado a conocer como esta última, del juzgado de lo Mercantil nº6, entendemos que no huebiese causado preocupación en los clientes afectados por la intervención, ya que se tendrían un conocimiento real de la situación, que es muy distinta a como nos la quieren contar. Al no tener la misma difusión en los medios de comunicación todas las sentencias, entendemos que ésta última noticia haya podido crear intranquilidad en los que hemos pedido la filatelia.

    3.- Recordamos, que en el tema penal, todavía está pendiente la celebración de juicio, o la no celebración del mismo. Esperemos a ver lo que sucede.

    4.- Y por último ésta sentencia del juzgado de lo mercantil es recurrible, por lo tanto no es firme y habrá que esperar acontecimientos.

    Desde Arpfi seguimos manteniendo la misma unidad de criterio con respecto a la comercialización de la filatelia y los procedimientos jurídicos.


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  6. Acabo de oir en la radio, que también procesan a los directivos de Fórum Filatélico. Pero, que el juicio todavía tardará de salir, aunque ha finalizado ya la fase de instrucción.

    ?????

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  7. Los mismos medios de siempre aireando las noticias de Fórum y Afinsa.... ¿por qué?
    Cadena Ser, Público, Cinco días y Europa press.

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  8. Y a los que hemos pedido el dinero en que nos afecta esta sentencia que alguien me explique

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  9. Para reir un poquito. Os comento la primera media hora del programa de investigación que en la 1º cadena ofrecieron, creo que el domingo, y que se titulaba. “Cómo como”. La periodista pregunta a un señor : ¿Le puedo preguntar cuánto pesa? Si, 148 Kg. ¿Y cuánto ha adelgazado? 22 Kg. Osea que antes pesaba…160 ? (Señorita serían 170 Kg. , pero bueno, sin importancia el errorcillo ). Avanza el programa. Vamos a pesar la hamburguesa : 2.410 (marcaba la báscula).La señorita nos explica : “Exactamente 2 Kg y 400 gramos”, (no señorita, exactamente 2 Kg. y 410 gramos. Sospecho que el 1 la hacía un lío ). Finalmente en esa media hora que aguanté, se comenta sobre la extensión de un terreno plantado de arroz, de un arrozal. La periodista. “Qué terreno más grande, por lo menos tiene 6 Km de longitud”. Señorita, y con eso ya sabemos la superficie del terreno ?. Enfín…no quiero ni imaginar “las cuentas” que esta señorita nos haría comentando alguna noticia de Afinsa?.

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  10. Estoy mirando la xesta y se me revuelven las tripas hay k ver ¡cuanto chorizo vaya foto para la posteridad! Yo me metería debajo de las piedras

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