viernes, 14 de noviembre de 2014

Caso Afinsa: Recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del juez de lo Mercantil Vaquer Martín.

El pasado 6 de octubre la prensa española se hizo eco, a bombo y platillo, como a ellos les gusta cuando se trata de hacernos trizas, de la sentencia evacuada -nunca mejor dicho- por Francisco Javier Vaquer Martín, juez de lo Mercantil (juzgado nº 6 de Madrid), relativa al concurso Afinsa.  (Llama poderosamente la atención el hecho de que los medios de comunicación españoles dieran la noticia el día 6 de octubre, en tanto que la comunicación a las partes interesadas no se produjo hasta un día más tarde: el 7 de octubre, tal y como se hace constar en el documento. Me pregunto yo quién, o quienes, han tenido la "delicadeza" de filtrarlo, aunque intuyo la autoría del asunto, sin tener que hacer muchos esfuerzos mentales para ello).

A la luz de las sentencias y pronunciamientos de otros Tribunales de rango superior -léase Tribunal Supremo y Audiencia Provincial de Madrid- los argumentos de Vaquer Martín, para justificar el veredicto de su sentencia, constituyen un auténtico despropósito, cuando no una completa paranoia, dicho sea lo anterior con el debido respeto y sin ánimo de ofender.

El documento que sigue a continuación es el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto contra la citada sentencia, impugnándola en su totalidad. Con mucho gusto, lo subimos a Canal Afinsa para que podáis leerlo y juzgar su contenido por vosotros mismos compañer@s. Ni un solo medio se hará eco de ello, de manera que, disfrutad de la primicia.
Otrosí digo: Bienvenidos sean a su lectura vagos y maleantes. Los primeros por aquello de que se pongan a la tarea de informarse en lugar de ronronear y maullar como los gatos perezosos cuando los documentos que se suben a Canal Afinsa son extensos.

Los segundos (referidos a personajes que rondan por los foros con el raca-raca de la estafa y otras memeces), porque con su lectura van a tragar un pelín de quina (cicuta les daba yo para que se quitasen de en medio de una vez), cuando comprueben, mal que les pese, la contundencia de todos y cada uno de los términos expuestos en el recurso.

Feliz día para todos.
Mila.

(Podéis ver el documento en modo pantalla completa, clickando en las flechas que aparecen en el margen inferior derecho, al lado de la numeración de las páginas).





24 comentarios:

  1. Hay que preguntar a Podemos, que perspectivas tienen con éste asunto,grabarlas y firmarlas.Y sobre todo, darles publicidad.
    Hay que dar publicidad y mucha con lo firmado con Rajoy.Hay que sacarlo AHORA(antes de elecciones,machaconamente) en todos los medios posibles(correos etc).

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  2. obrigada minha querida amiga Mila, toda a sua contestação a sentença do juíz em questão claro como agua o tribunal superior vai dar razão aos ex.administradores se forem imparciais na jurisprudência cump jose morais.

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  3. Soy el gato perezoso del pasado fin de semana, y quiero compartir mi inmensa alegria con todo el mundo que me e leido todo el recurso asi que me voy de finde para descansary no voy a consultar el canal hasta el lunes.

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  4. Mas claro, agua. Ahora bien, para el que no quiere leer ni entender, todos los recursos están de mas. ¿Verdad que si señor Conte, señorita Caballero, señoría Vaquer, señores concursales y un largo etc. mas?. ¿Donde está en este país, antes llamado España, la JUSTICIA?.

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  5. Para anónimo de las 13:40:
    Si,si... pregúntale a Podemos a ver si ellos nos pueden pagar con los sobres de dinero negro que reciben de Venezuela y de Irán.

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  6. Te agradezco Mila, que traigas a este sitio el Recurso contra la Sentencia del Mercantil de Vaquer, para los que seguimos el caso al dedillo esto es vital.

    Me gustaría comentar en tu foro, que a estas alturas, baste con demostrar que no tenían la necesidad de dotar para tumbar una sentencia de un caso de tal gravedad, demuestra que no tienen nada, y si después de ocho años y medio no tienen nada, lo que demuestra es que durante todo este tiempo SE HAN ESTADO RIENDO DE LAS VICTIMAS, gastándose el dinero y patrimonio de las empresas para más mofa y escarnio de estas.

    Debemos esperar a lo que diga la Audiencia Provincial pero creo, a la vista de su anterior sentencia que la coherencia primará, no estamos en una situación en el país en la que se vaya a aguantar corruptelas de nadie, vengan de donde vengan.

    Un recurso formidable en el que no deja ningún cabo suelto frente a una sentencia que era humo. Material para conseguir titulares, como nos vienen acostumbrando ciertos jueces.

    Me alegro de que los procesos se vayan cerrando y esto es un paso más, pero mucho me temo que, pese a la evidencia de la inexistencia de motivos para la intervención se demoren otros ocho años, porque la corrupción todo lo toca.

    Querría comentar por enésima vez, porque aún hoy hay victimas que esto les causa confusión, me refiero a que se están planteando dos cuestiones que debemos separar por completo:

    -Una cosa son los posibles delitos contra la empresa o contra la Hacienda pública que le son presuntos a los antiguos administradores, y de los que tendrán que ser juzgados y pagar por ellos si son condenados. De momento se debe mantener su presunción de inocencia.

    -Y otra es la existencia de motivos que justifiquen la INTERVENCIÓN, y si no había motivos, pues no eran financieras, no se deberían haber intervenido.

    Y es esta parte en la que las víctimas deberíamos centrar nuestros esfuerzos, pues si no deberían haber intervenido, como es el caso, NO NOS HACE FALTA UN JUEZ PARA SABER QUE LA RESPONSABILIDAD DEBE SER DEL ESTADO y por tanto que debe devolver el dinero de las empresas YA, después de 9 años, ningún colectivo habría aguantado tanto.

    Es evidente que sin una sentencia no van a ser devueltos los ahorros de las víctimas, y los jueces lo saben, por eso llevan ocho años y medio para las instrucciones y solo hace unos días el Juez Gómez Bermúdez aseguraba que no se tardaba más de 6 años en este proceso.
    Los jueces tienen en su mano alargar los procesos, y pese a que está más que claro el error cometido, nunca por voluntad propia van ha reconocer el expolio cometido con estas dos empresas y con 500.000 personas como daño colateral.


    Un fuerte abrazo

    Rafael Sánchez Boyero

    N.B.: En el tercer párrafo de la Pág. 41 tenemos una información, que es importantísima para entender el motivo real de la intervención, os recomiendo que lo analiceis.

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  7. JR.-Mila acabo de ver también el otro video de la proposición PNL de la Asamblea de Madrid,ya se lo e comentado a Jose (VILLITA),te dejo este comentario por si alguien entra en tu canal,muchas gracias por todo.JR.-Gracias Jose(Villita)eres todo un campeón siempre llegas el primero,esto es como para tirar el bolígrafo para atrás y salir corriendo,patético,lamentable etc../al final efectivamente como muy bien dices,han sustituido una PNL por la famosa del inefable Sr Pardos de Adicae,bueno pero eso ya lo sabíamos al menos no nos a pillado por sorpresa.
    Y se quedan tan panchos,pero claro dicen y dicen y siguen diciendo lo de la famosa palabrita,estafa,estafa piramidal,fraude ,fraude ,y fraude,pero si ahora es cuando comienza el partido,ante esta sentencia está el recurso que ya han presentado los directivos en tiempo y forma,por cierto es para leerlo y enmarcarlo,puesto que desmonta todos y cada uno de los puntos del Fco J Vaquez Martín ,de Pedraz etc y la explicación es más que convincente y por otro lado falta el juicio por lo Penal,pero los que se acojan a estas migajas bueno que le vamos a hacer ,yo al menos lo tengo muy claro,1º)seguiré peleando por el 100%, 2º)el % del incremento patrimonial que figuran en los contratos que eran y siguen siendos legales y 3º)un % que lo dictaminará un tribunal por los daños y perjuicios causados.
    Y a partir de ahí que cada cual haga lo que crea conveniente o lo que las circunstancias le obliguen ,pero con esto quizá se quiten de un plumazo un montón de afectados (que por la crisis que llevamos padeciendo no puedan aguantar más)y tengan que firmar por dichas ciscuntancias y así el Sr Pardos encima se coloca otra medallita y ya tiene asegurada otra subvención estatal para el año que viene que ronda los 600.000 Euros e incluso la de este año que estamos ha pasado a 626.000 euros,hala y aplaudir muchachos,pues este tío que es el que suscribe dice que NANAY, yo me planto Villita,te envío un fuerte abrazo desde La Rioja y para todos los afectados de Afinsa-Fórum les digo que ánimo que la pelota acaba de empezar a rodar y el partido no se acaba hasta que pita el árbitro.

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  8. Algun dia nos daran la razon y nos tendran que devolver lo nuestro y que mejor que este gobierno y quedaria como un señor y mas por que el no fue quien nos metio en esto incluso lo votaria otra vez

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    1. Eso, hay que votar a los corruptos, que entre nosotros nos entendemos.

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    2. Me parece que, en cuestiones de corrupción, en esta España de nuestros dolores, aquél que esté libre de pecado que tire la primera piedra.
      Un abrazo.
      Mila.

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  9. http://www.radiointereconomia.com/2014/11/12/el-psoe-propone-que-el-ico-compre-los-derechos-de-afectados-de-forum-y-afinsa/

    Otro post que no dejan meter comentarios.

    Esto es lo que están pidiendo: Migajas !!!!
    Antonio Hurtado, ha explicado que el ICO valoraría esos derechos y se fijaría un valor en función a los activos de estas compañías que se están liquidando.

    Según su propuesta, "una vez que el ICO valore estos derechos, hará una oferta a los afectados que tendrán la opción de venderlos o no" y "si los venden, el titular de sus derechos será el ICO, quien recibiría lo que le corresponda de la liquidación de las empresas".

    Por el contrario, si el afectado rechazara la oferta, tendría que esperar a que culminara el proceso de liquidación para optar a recuperar "parte del dinero invertido".

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  10. Es un Recurso de Apelación con todo detalle y donde deja la evidencia del juzgador de dar la patada hacia adelante ante la incorrecta actuación de la justicia. No solo menciona toda la trayectoria contra Afinsa, si no que además pone clara la falta de regulación concreta de los bienes tangibles y la actuación desproporcionada e injusta contra la empresa.

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  11. ACISA CONSUMO escribió:

    ... "no estamos en una situación en el país en la que se vaya a aguantar corruptelas de nadie, vengan de donde vengan" ...

    Esa idea que nuestro compañero estima en su frase, contiene un legítimo optimismo que cualquiera anhelaría de inmediato, poderlo compartir. Podría parecer en principio una valoración muy juiciosa, de no ser por una desgraciada circunstancia que todo lo enturbia, en este doloroso y peculiar caso que nos afecta.

    Esta es que en la aniquilación de las dos empresas, Fórum - Afinsa, todos los órganos institucionales o estamentos del Poder, tuvieron y continúan sustentando, una unánime connivencia en ejecutar hasta su fin último, el plan que el Gobierno de Zapatero había inicialmente urdido, solo.

    En todos los demás casos de corrupción que llegan a originarse, existe un contra - peso en la denuncia del otro u otros Partidos de la Oposición, cuyos intereses opuestos, rivalizan o compiten entre sí. Así queda establecido un equilibrio en el Estado, de tal forma que se echa un freno al incumplimiento de las reglas del juego y se impiden o al menos se ponen sobre la mesa, descarados abusos desde cualquier Poder.

    En nuestro asunto, sin embargo, ni siquiera el acusar de tener más "mierda" encima el otro, puede llegar a valer. Aquí todos parecen estar pringados hasta los ojos y a más no poder.

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  12. Hola hola, muy buenas tardes-noches a todos.

    Buena reflexión la del anterior comentario. Curiosa excepción la nuestra. ¿Cuál será el nexo que aúne voluntades tan dispares? En su correcta respuesta está el por qué de la intervención y los nombres de los malnacidos.

    En fin..., acabo de leer el recurso. Chapeau. No obstante, me embargan sentimientos encontrados. Por un lado de alegría contenida ante la evidencia de que la Sentencia ha de ser, necesariamente, enmendada y, por otro, de cierto desasosiego y desesperanza al comprobar, una vez más, que los argumentos esgrimidos son tan contundentes como conocidos por todas las instancias, tanto jurídicas como políticas, y obviadas y ninguneadas con total desprecio al sentido común, a la profesionalidad y a todos nosotros.

    El Proceso, de Kafka, es una somera aproximación a nuestra realidad. Este, para mí, queridísimo autor, no daría crédito.

    Se apuntaba por algunos de vosotros, amigos todos, apuntes sobre la corrupción y demás. Tengo la sensación de estar desnudo, totalmente cubierto todo el cuerpo a modo de quien recibe un baño de barro o chocolate pero de otra sustancia que prefiero no mentar por respeto a este foro. De tanto que salpica al adentrarse en estos malditos vericuetos.

    A esperar. ¿Os suena?. ¿Hasta cuándo?, me pregunto. En fin. Una lucecilla en el horizonte: la Audiencia actuó con profesionalidad. Si lo hace en la misma medida nuestro querido magistrado se las tendrá que comer cruzadas. Con púas se las deseo.

    Gracias por estar ahí y muy especialmente a quienes hacen posible que podamos -a pesar de muchos- seguir intercambiando impresiones.
    Un fuerte abrazo, Mila.

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  13. Este Blog es un soplo de aire fresco, queridos amigos. Da gusto leer vuestras entradas.

    Agradezco los comentarios porque demuestran que habéis leido la sentencia y analizado su contenido, de manera ponderada, meticulosa y en profundidad.

    Efectivamente, es tela marinera.

    La faena de aliño que han llevado a cabo es tan obvia que, al leerla, resulta mucho más indignante y doloroso ver lo que han hecho con la empresa, con sus trabajadores y asesores y con nosotros, sus clientes, solo para satisfacer al insaciable poder de la Banca.

    Pero esto lo vamos a ganar, estoy segura.

    Un beso para tod@s (Disculpadme por no responderos uno a uno en esta ocasión).
    Mila.

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  14. Continuando con algunas reflexiones sobre este siniestro asunto que nos afecta, es casi un deber que nos conviene plantearnos con antelación y aunque suponga tener llegar a una conjetura desoladora pero del todo posible.

    Se trata de suponer que incluso con alguna Sentencia desde el ámbito internacional que nos diera la razón en la demanda sobre nuestro expolio, aquí en este país no parecen existir motivaciones de ningún tipo para sentirse vinculada ninguna institución política ni instancia judicial alguna, en hacer cumplir o en aplicar las resoluciones que provengan desde cualquier ámbito jurisdiccional externo. Siendo además que la opinión pública en general y toda la sociedad española entera, respaldarían sin ningún oprobio la más absoluta inacción o una total desconsideración, hacia la aceptación junto con la consiguiente resolución de nuestro problema.

    La única solución casi desesperada que podría esgrimirse en tal caso, es la de ir más allá de la mera denuncia de nuestro exclusivo caso. Quizás fuese necesario que se impusiera una demanda directa fuera de España, tanto de ejecutores o interventores como sobre prevaricadores entre sí relacionados. Una o múltiples denuncias en toda regla, con alguna algarabía publicitaria incluida, poniendo en cuestionamiento nuestro sistema democrático y solicitando un auxilio formal por la inseguridad e indefensión que padecemos en España, a causa de la corrupción junto a la falta de independencia, de toda la Judicatura española, entera.

    Quizás para que fuera más realizable un cometido de esta envergadura, haría falta una unión con otros colectivos perjudicados de manera similar al nuestro. Así, se me vienen a la mente todos esos pobres residentes de nacionalidad extranjera que llegaron a comprarse por aquí una vivienda, siendo que fueron todos expropiados por las autoridades de España, con el pretexto de haber sido engañados por promotores inmobiliarios fraudulentos, en plena burbuja.

    Unos especuladores que construyeron en plan salvaje sobre zonas no urbanizables, sin control ni regulación alguna, causaron la ruina y el robo directo por la administración, de sus propiedades, a personas honestas que confiaron en la legalidad vigente junto al buen hacer responsable o competente, de nuestras autoridades.

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  15. Algo de eso habrá, llegado el momento, compañero. No lo dudes.
    bss
    Mila.

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  16. ¿ Tendrán en cuenta, nuestro ilustres juzgadores de la Audiencia Provincial de Madrid, ésta otra sentencia, dictada por ellos mismos,con fecha 17 de Octubre de 2012 ?

    http://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:bNhRVRbCQy4J:portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/191644/sentencia-ap-madrid-292-2012-de-17-de-octubre-concurso-necesario-incidente-concursal-contratos+&cd=12&hl=es&ct=clnk&gl=es

    Si no os apetece leer enteramente la sentencia, podeis ir directamente al FUNDAMENTE DE DERECHO " QUINTO ", donde se habla de la naturaleza de los contratos y, mas concretamente, poned especial interés en el siguiente texto de citado fundamento :

    "El hecho de que los valores se adquiriesen a un tercero por cuenta del comitente o que se adquiriesen a AFINSA no obsta a que se efectuase la entrega al comprador constituyéndose aquélla en poseedor, ni surge duda alguna sobre el alcance del contrato, por muchos voluntariosos esfuerzos que se realicen para sustituir la claridad de los términos contractuales por la pretendida intención de las partes basada en argumentos absolutamente forzados. Se fijaba el importe de los valores a adquirir (y el que éstos se adquiriesen a precio que se entienda superior al de mercado no altera la naturaleza del contrato), se especificaban los lotes, se constituían los depósitos, se cumplía con las obligaciones de recompra y en lo sustancial ninguna actuación se apartaba de los claros y precisos términos contractuales a los que se debe atender en la calificación del contrato"

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  17. Para, posteriormente, continuar diciendo :

    "A tenor de las precedentes consideraciones, hemos ya de decir que pretender derivar de los móviles individuales de las partes un acuerdo simulatorio por el cual lo que se constituiría, en realidad, sería un depósito dinerario a plazo carecería de consistencia jurídica, cuando no concurre un interés común perseguido por ambas partes distinto al que se reflejaba en los contratos. Por eso no interfiere en tal consideración el modo en que AFINSA desarrollase su actividad interna, ni cuáles fueran sus intereses particulares o intenciones, incluso si incurriese en lo ilícito, pues ello no permitiría alterar la naturaleza del negocio celebrado, sino que su actuación supondría, en su caso, una reserva mental por su parte que no determinaría la existencia de un acuerdo simulatorio. Por otro lado, que los adquirentes de lotes filatélicos pudieran servirse instrumentalmente de los mismos para obtener una rentabilidad en virtud del compromiso de recompra asumido por AFINSA, como puede suceder con otros adquirentes de bienes, supone un interés particular que no transforma la causa del contrato, ni admite forzadas interpretaciones que, sobre la base de móviles o intenciones no incorporadas a los contratos, den lugar a una calificación distinta de lo que en términos, claros, precisos y comprensibles quedó reflejado en los mismos".

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  18. Una de las cosas que mas me llama la atencion del recurso de apelacion es la diferencia de trato de Forum y de Afinsa, segun el criterio de cada juez, es decir, en Forum se considera que hay un desfase contable porque vendian por encima de los valores de los catalogos, aqui el valor de catalogo es el correcto, ahora bien, en Afinsa como se vendia a precio de catalogo, entonces ese argumento no vale y entonces el valor del catalogo tampoco, es el valor que a ellos les parece. Dos casos parecidos, dos criterios completamente divergentes, valor de catalogo si, o no , segun el juez que este llevando el caso. Aunque en realidad, como explica afinsa da igual el valor de los sellos, a la hora de valorar el activo de la empresa, porque son propiedad de los que los compraron y no de la empresa. Muy buena.

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  19. ... "da igual el valor de los sellos, a la hora de valorar el activo de la empresa, porque son propiedad de los que los compraron y no de la empresa" ...

    Tal vez no llegue a dar igual esta constatación cuando se trate de juzgar la legitimidad de la intervención de la empresa y la consiguiente responsabilidad patrimonial que le corresponda al Estado. El valor de los sellos, entiendo yo que al final harán que resulte importante y mucho.

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  20. El valor de los sellos, es el de catalogo, otra cosa es el precio de mercado. Cosa reconocida implicitamente en la sentencia contra Forum y explicada claramente en este recurso de Afinsa.

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  21. Así es, pero esperemos que no nos tengamos que sublevar si se sacan de la manga, respecto a esto, otra justificación tan absurda como la que esgrimió la abogacía del Estado cuando se decidió sobre la demanda que planteó Afinsa en el incidente concursal, tiempo atrás.

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